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  • EDICIÓN DE 18/11/2019
 
 

Audiencia Provincial de Bizkaia

Condenado a dos años de cárcel por contratar a extranjeros sin darles de alta ni pagarles sus salarios

18/11/2019
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La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado al administrador de una empresa de Bilbao a dos años de cárcel por contratar a personas extranjeras sin permiso de trabajo, a las que "nunca tuvo intención de abonar sus salarios ni de regulariza su situación administrativa y laboral".

BILBAO, 15 Nov. (EUROPA PRESS) -

Además, le ha impuesto una multa de 1.080 euros y el pago de una indemnización a los perjudicados de 23.570 euros, y el abono a la Seguridad Social de la cantidad que no percibió por la actitud del encausado.

La sentencia considera probado que el acusado, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia y con ánimo de lucro, en los años 2017 y 2018, en los que ejercía de administrador y socio único de una empresa del hogar, se dedicó a la contratación reiterada de trabajadores extranjeros sin permiso de trabajo para realizar trabajos de limpieza, jardinería y reformas.

El procesado se aprovechó de la situación precaria y vulnerabilidad de estos ciudadanos para no hacerles contrato formal, no darles de alta en la Seguridad Social y no abonar los salarios, al presuponer que no sería denunciado "dada la situación de irregularidad administrativa de los perjudicados".

El encausado, para lograr estos fines, colocaba carteles de publicidad en la calle en los que ofrecía empleo. Cuando estas personas extranjeras sin permiso de trabajo se ofrecían para estos puestos, éste prometía hacerles contrato y pagarles un salario de unos mil euros.

Además, les transmitía que su situación de irregularidad administrativa no suponía ningún problema. Una vez que conseguía que trabajaran para él, les mandaba a distintos lugares para realizar labores de limpieza, jardinería o reforma, y no les pagaba.

Cuando los trabajadores dejaban el empleo por el impago, contrataba a otros, con los que repetía su conducta. Solo a una empleada la dio de alta en la Seguridad Social porque tenía permiso de trabajo. Sin embargo, aunque trabajó para la empresa del 1 de febrero hasta el 18 de mayo de 2018, la dio de alta el 13 de abril de 2018.

INSPECCIÓN DE TRABAJO

Fue el 24 de mayo de ese año cuando Inspección de Trabajo de Bizkaia visitó el centro de la empresa del acusado, ubicado en la calle Masustegi de Bilbao, e identificó a un grupo de ocho extranjeros a los que no había dado de alta ni pagaba salarios. Por ello, levantó acta de infracción y propuso sanción de 60.006 euros.

La resolución judicial destaca que estos trabajadores hicieron sus labores en esta empresa en esas condiciones por "sus circunstancias de precariedad", que aprovechó el acusado, "que nunca tuvo intención de abonar salarios ni de regularizar su situación administrativa o laboral". Todos ellos han reclamado la indemnización correspondiente.

Entre septiembre de 2017 y agosto de 2018, a excepción del periodo comprendido entre el 13 de abril y el 18 de mayo de 2018, la totalidad de los trabajadores de la empresa del procesado, que siempre empleaba simultáneamente a más de cinco empleados, no fueron dados de alta en el régimen general de la Seguridad Social.

Por todo ello, la Audiencia vizcaína ha condenado al encausado a dos años de prisión como autor de un delito contra los derechos de los trabajadores y al pago de una multa de 1.080 euros.

Además, deberá indemnizar a la Tesorería General de la Seguridad Social con la cantidad que dejó de percibir por la conducta del acusado. También tendrán de pagar a los trabajadores perjudicados por el impago de los salarios de los salarios con un total de 23.570 euros.

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