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Comisión de seguimiento del Plan Director de Promoción Industrial de Castilla y León 2017-2020

24/10/2019
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Orden EEI/961/2019, de 11 de octubre, por la que se modifica la Orden EYH/435/2018, de 6 de abril, por la que establece la organización y normas de funcionamiento de la comisión de seguimiento del Plan Director de Promoción Industrial de Castilla y León 2017-2020, para su adaptación a la nueva estructura orgánica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (BOCYL de 23 de octubre de 2019). Texto completo.

ORDEN EEI/961/2019, DE 11 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN EYH/435/2018, DE 6 DE ABRIL, POR LA QUE ESTABLECE LA ORGANIZACIÓN Y NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DEL PLAN DIRECTOR DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL DE CASTILLA Y LEÓN 2017-2020, PARA SU ADAPTACIÓN A LA NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.

Mediante la Orden EYH/435/2018, de 6 de abril, por la que se establece la organización y normas de funcionamiento de la comisión de seguimiento del Plan Director de Promoción Industrial de Castilla y León 2017-2020, se determinó que esta comisión como órgano colegiado estuviese integrada por distintos miembros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Mediante el Decreto 2/2019, de 16 de julio Vínculo a legislación, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías, se ha establecido una nueva estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Asimismo hay que tener en cuenta el Decreto 21/2019, de 1 de agosto Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda y el Decreto 22/2019, de 1 de agosto Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo e Industria.

Debido a estos cambios producidos en la estructura, competencias y denominaciones, es necesario modificar la composición de la comisión de seguimiento del Plan Director de Promoción Industrial de Castilla y León 2017-2020 para su adaptación a la nueva estructura orgánica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

En su virtud y de conformidad con lo establecido en el artículo 26.f) Vínculo a legislación de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación de la Orden EYH/435/2018, de 6 de abril, por la que se establece la organización y normas de funcionamiento de la comisión de seguimiento del Plan Director de Promoción Industrial de Castilla y León 2017-2020.

La letra c) del apartado 1 del artículo 3 de la Orden EYH/435/2018, de 6 de abril, por la que se establece la organización y normas de funcionamiento de la comisión de seguimiento del Plan Director de Promoción Industrial de Castilla y León 2017-2020, queda redactada como sigue:

“c) Los siguientes vocales:

El titular de la dirección general del Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León.

El titular de la dirección general con competencias en materia de política económica y competitividad.

El titular de la dirección general con competencias en materia de energía.

El titular del Comisionado para la Ciencia y la Tecnología de Castilla y León.

El titular de la gerencia del Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECYL).

El titular de la dirección-gerencia de la Fundación para el Anclaje Empresarial y la Formación para el Empleo en Castilla y León (FAFECYL).

Un representante, con rango al menos de Director General, designado por cada una de las consejerías con competencias en materia de racionalización y simplificación administrativa; empleo; sector forestal, medio ambiente y telecomunicaciones; sector agrario e industria agroalimentaria; investigación e innovación en salud; formación profesional y universidades; industrias culturales.

Para los casos de vacante, ausencia o de enfermedad y, en general, para cuando concurra alguna causa justificada, por cada una de las consejerías se designará también un suplente del mismo rango.”

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

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