BARCELONA, 11 (EUROPA PRESS)
Torra presentó las recusaciones, que se dieron por promovidas el 12 de septiembre, y se acordó que los dos magistrados se abstuvieran de conocer la causa hasta que se resolvieran, lo que provocó a su vez que el juicio, que iba a celebrarse el 25 y 26 de septiembre, coincidiendo con el Debate de Política General en el Parlament, se aplazara al 18 de noviembre.
El presidente de la Generalitat pidió recusar al presidente del TSJC por su "absoluta falta de imparcialidad" en el juicio y porque se había pronunciado pública respecto a aspectos que iban a ser esenciales sobre el debate fáctico y jurídico del procedimiento, y contra él y Armas por haber conocido anteriormente la causa.
En un auto recogido por Europa Press, el TSJC descarta que ambos conocieran anteriormente la causa, y expone que ninguno de los comportamientos públicos, manifestaciones y resoluciones de Barrientos revelan "una pérdida de imparcialidad objetiva o subjetiva por su parte, sea por razón de ostentar un interés en la causa o de profesar una enemistad manifiesta hacia el acusado".
Para el TSJC, las tomas de posición públicas de Barrientos fueron efectuadas en su condición de presidente del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya y, por tanto, representante del Poder Judicial en este territorio, "en ejercicio de la innegable libertad de expresión que le corresponde, acrecentada por el rol institucional inherente a ese cargo".
Asegura también que resulta intrascendente que Barrientos abandonara un acto en el Colegio de Abogados de Barcelona (Icab) por unas palabras del presidente del Parlament, Roger Torrent, hablando de "presos políticos", ya que esa conducta no guarda relación con el objeto del litigio.
El tribunal añade que la toma de postura manifestada por el recusado el 12 de marzo de 2019 a favor de la retirada de los lazos amarillos en los edificios y dependencias públicas "tampoco es muestra reveladora de una pérdida de imparcialidad objetiva".