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  • EDICIÓN DE 11/09/2019
 
 

Lenguas extranjeras

11/09/2019
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Decreto n.º 165/2019, de 6 de septiembre de 2019, de la Consejería de Educación y Cultura, por el que se incorporan nuevos títulos, certificados y diplomas acreditativos de la competencia en lenguas extranjeras al Anexo del Decreto n.º 43/2015, de 27 de marzo, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se crea la Comisión de Reconocimiento de Niveles de Competencia en Lenguas Extranjeras (BORM de 10 de septiembre de 2019). Texto completo.

DECRETO N.º 165/2019, DE 6 DE SEPTIEMBRE DE 2019, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA, POR EL QUE SE INCORPORAN NUEVOS TÍTULOS, CERTIFICADOS Y DIPLOMAS ACREDITATIVOS DE LA COMPETENCIA EN LENGUAS EXTRANJERAS AL ANEXO DEL DECRETO N.º 43/2015, DE 27 DE MARZO, POR EL QUE SE ESTABLECE UN SISTEMA DE RECONOCIMIENTO DE LA COMPETENCIA EN LENGUAS EXTRANJERAS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA Y SE CREA LA COMISIÓN DE RECONOCIMIENTO DE NIVELES DE COMPETENCIA EN LENGUAS EXTRANJERAS

El artículo 2.1 Vínculo a legislación del Decreto 43/2015, de 27 de marzo, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se crea la comisión de reconocimiento de niveles de competencia en lenguas extranjeras (BORM de 31 de marzo de 2015), establece que: “En los ámbitos descritos en el artículo 1 del presente decreto, se reconocerán como acreditativos de la capacitación lingüística en lenguas extranjeras, los títulos, diplomas y certificados expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas, por las Universidades españolas que sigan el modelo de acreditación de exámenes de la Asociación de Centros de Lenguas de Educación Superior (ACLES), así como todos aquellos indicados en el anexo de este decreto”.

En el artículo 6 Vínculo a legislación se regulan las funciones de la Comisión de Reconocimiento de Niveles de Competencia en Lenguas Extranjeras y le otorga la competencia para aprobar y proponer la ampliación del catálogo de títulos, diplomas y certificados que se reconocerán como acreditativos de la capacitación lingüística y comunicativa en lenguas extranjeras recogidos en el anexo del citado Decreto 43/2015, de 27 de marzo.

La disposición adicional primera del Decreto 43/2015, de 27 de marzo Vínculo a legislación, relativa a las modificaciones en el Anexo del mismo, establece que: “Los certificados y diplomas recogidos en el anexo del presente Decreto, que en la actualidad acreditan la competencia en lenguas extranjeras, podrán ser modificados, tanto en lo relativo a la inclusión de nuevos elementos, como a la supresión de los ya establecidos, en virtud de Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero competente en materia de educación, previa propuesta de la Comisión de Reconocimiento de Niveles de Competencia en Lenguas Extranjeras, a que se refiere el artículo 2.

Reunida la Comisión de Reconocimiento de Niveles de Competencia en Lenguas Extranjeras, el día 28 de febrero de 2018, tras valorar las solicitudes presentadas, según consta en el acta de la sesión celebrada, ha acordado aprobar la propuesta de ampliación del catálogo de títulos, diplomas y certificados que se reconocerán como acreditativos de la capacitación lingüística y comunicativa en lenguas extranjeras recogidos en el anexo del citado decreto y que se corresponden con los certificados de Nivel Intermedio B1, Nivel Intermedio B2, Nivel Avanzado C1 y Nivel Avanzado C2, además de las titulaciones Cambridge IGCSE First Language English y Cambridge IGCSE English as a Second Language; Aptis y Aptis for teachers para B1, B2 y C1 del British Council; el Título de Baccalauréat; Deutsches Sprach Diplom DSD I y DSD II de alemán.

Este real decreto se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 Vínculo a legislación la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en tanto que el mismo cumple estrictamente el mandato establecido en la ley, no existiendo ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos; resulta coherente con el ordenamiento jurídico; y permite una gestión más eficiente de los recursos públicos. Además, en el procedimiento de elaboración de la norma, sus potenciales destinatarios han tenido la posibilidad de hacer aportaciones y emitir su opinión a través del trámite de información pública, regulado en el artículo 133.2 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Al amparo de la competencia otorgada por el artículo 16 del Estatuto de Autonomía a la Comunidad Autónoma de Murcia para el desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza, a propuesta de la Consejería de Educación y Cultura, de acuerdo con el Consejo Jurídico, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 6 de septiembre de 2019,

Dispongo:

Artículo único.- Modificación del Anexo del Decreto 43/2015, de 27 de marzo Vínculo a legislación.

Se modifica el Anexo del Decreto 43/2015, de 27 de marzo Vínculo a legislación, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se crea la comisión de reconocimiento de niveles de competencia en lenguas extranjeras, por ampliación del catálogo de títulos, diplomas y certificados que se reconocerán como acreditativos de la capacitación lingüística y comunicativa en lenguas extranjeras contenidos en el mismo, que queda redactado en la forma que se recoge en el anexo.

Disposición final única

El presente decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Dado en Murcia, a 6 de septiembre de 2019.-El Presidente, Fernando López Miras.-La Consejera de Educación y Cultura, María Esperanza Moreno Reventós.

Anexo

Certificados y diplomas que acreditan la competencia en lenguas extranjeras

(ANEXOS OMITIDOS)

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