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Reglas y requisitos del juego del bingo

08/08/2019
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Orden 121/2019, de 29 de julio, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se modifica la Orden de 25/10/2013, de la Consejería de Hacienda, por la que se desarrollan las reglas y requisitos del juego del bingo y sus distintas modalidades previstas en el Decreto 82/2013, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Catálogo de Juegos y Apuestas de Castilla-La Mancha (DOCM de 7 de agosto de 2019). Texto completo.

ORDEN 121/2019, DE 29 DE JULIO, DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 25/10/2013, DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA, POR LA QUE SE DESARROLLAN LAS REGLAS Y REQUISITOS DEL JUEGO DEL BINGO Y SUS DISTINTAS MODALIDADES PREVISTAS EN EL DECRETO 82/2013, DE 23 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL CATÁLOGO DE JUEGOS Y APUESTAS DE CASTILLA-LA MANCHA.

La Orden de 25 de octubre Vínculo a legislación de 2013 por la que se regulan las reglas y requisitos del juego del bingo y sus distintas modalidades, en desarrollo del Decreto 82/2013, de 23 de octubre Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Catálogo de Juegos y Apuestas de Castilla-La Mancha, recoge con detalle las características técnicas, funcionales y operativas aplicables a las distintas modalidades del juego del bingo. También prevé la posibilidad de interconexión de los distintos establecimientos para ofrecer mayores premios comunes a las personas usuarias, y todo ello bajo el cumplimiento de unos requisitos estrictos que garanticen la seguridad y fiabilidad técnica del sistema de juego.

La presente norma tiene como finalidad adaptar la orden del juego del bingo, a la realidad que con el uso de estos juegos se va produciendo en los distintos establecimientos donde está permitida su práctica.

La modificación permite la posibilidad de dotar al titular de la autorización de instalación donde se permite la práctica de este juego, de una mayor disponibilidad de las combinaciones de premios que ofrecen al jugador en la modalidad del bingo plus, así como incluir una nueva serie de cartones para aquellos casos en los que no se contemple la opción del premio de reintegro.

En consecuencia, y en virtud de la habilitación establecida en la disposición final primera del Decreto 82/2013, de 23 de octubre Vínculo a legislación, por el se aprueba Catálogo de Juegos y Apuestas de Castilla-La Mancha, dispongo:

Artículo único.

La Orden de 25 de octubre de 2013, queda modificada en los siguientes términos:

Primero. Se sustituye el apartado 3 del artículo 30, por el siguiente:

“Artículo 30. Reglas específicas y combinaciones de premios.

() 3. Las combinaciones de premios serán las que previamente determine el titular de la autorización de instalación de entre las citadas en el apartado anterior, siempre informado de ello al jugador. Los porcentajes de detracción será como máximo el 70% de los valores faciales de los cartones vendidos que se destinarán a dotar los premios según decida el establecimiento en cada momento.” Segundo. Se sustituye el número 2.º letra a) del punto 3 del anexo I, por el siguiente:

“3. Los elementos materiales para la práctica de las modalidades del juego del bingo americano y bingo plus, son los siguientes:

Cartones.

() 2.º. La modalidad del juego del bingo plus estará formada por cinco series de cartones físicos:

EA-serie plus 0 estrellas, de 3.864 cartones.

EB-serie plus 1 estrella, de 3.864 cartones.

EC-serie plus 2 estrellas, de 3.870 cartones.

ED-serie plus 3 estrellas, de 3.876 cartones.

EE-serie plus 5 estrellas, de 3.882 cartones.

De estas series se confeccionarán cartones con valores faciales de dos, tres, cuatro y seis euros, los cuales deben cumplir el requisito que los cartones que las integran sean todos diferentes en sus combinaciones, conforme al modelo recogido en el anexo II.”

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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