CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA N.º 4088-2019, CONTRA LOS ARTÍCULOS 5; 6; 7; 8.2, 3 Y 4; 10; 11 Y 12 A 36; 38.2 Y 4; 39.3.B), 4.C) Y 4.E) DEL REGLAMENTO DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL APROBADO POR EL REAL DECRETO 165/2019, DE 22 DE MARZO.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de julio actual, ha acordado admitir a trámite el conflicto positivo de competencia número 4088-2019, promovido por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña, en relación con los artículos 5; 6; 7; 8.2, 3 y 4; 10; 11 y 12 a 36; 38.2 y 4; 39.3.b), 4.c) y 4.e) del Reglamento de Adopción Internacional aprobado por el Real Decreto 165/2019, de 22 de marzo .
Madrid, 16 de julio de 2019.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.