Podrán concurrir a este examen quienes estén en posesión del título de licenciado o graduado en Derecho, así como de otro título universitario de grado equivalente que reúna los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador. Los aspirantes con titulaciones de origen obtenidas en el extranjero deberán tener convalidados sus títulos.
Además, los interesados tendrán que haber superado previamente los cursos de formación especializada y las prácticas tuteladas que se requieren para el ejercicio de la abogacía.
Las solicitudes de inscripción en esta prueba de aptitud se presentarán digitalmente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, si bien podrá hacerse presencialmente o por correo postal cuando, por causa justificada y acreditada, no sea posible utilizar medios electrónicos. Se impulsa, por tanto, la tramitación telemática del examen, en consonancia con la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La evaluación consistirá en una prueba escrita teórico-práctica con respuestas múltiples, cuyo contenido fijará el Ministerio de Justicia de acuerdo a la normativa publicada en el Boletín Oficial del Estado. Su finalidad es medir los conocimientos de los participantes acerca del ejercicio de la abogacía, así como de las normas deontológicas y profesionales. El examen tendrá una duración de cuatro horas y podrá realizarse en castellano o en la lengua cooficial autonómica del lugar de celebración de la evaluación.
La calificación final del candidato será el resultado de la media ponderada entre el 70% de la nota obtenida en esta prueba y el 30% de la nota del curso de formación especializada.
Desde la entrada en vigor de la Ley 34/2006, los abogados y los procuradores deben superar esta prueba de aptitud, como requisito previo al ejercicio de su actividad.