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Apoyo a la cooperación horizontal y vertical entre los agentes de la cadena de suministro

18/07/2019
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Orden de 9 de julio de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a la cooperación horizontal y vertical entre los agentes de la cadena de suministro para la creación y el desarrollo de cadenas de distribución cortas y mercados locales y para actividades de promoción, en un contexto local relacionado con el desarrollo de cadenas de distribución cortas y mercados locales, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Submedida 16.4, Operación 16.4.1) (BOJA de 17 de julio de 2019) Texto completo.

ORDEN DE 9 DE JULIO DE 2019, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA EL APOYO A LA COOPERACIÓN HORIZONTAL Y VERTICAL ENTRE LOS AGENTES DE LA CADENA DE SUMINISTRO PARA LA CREACIÓN Y EL DESARROLLO DE CADENAS DE DISTRIBUCIÓN CORTAS Y MERCADOS LOCALES Y PARA ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN, EN UN CONTEXTO LOCAL RELACIONADO CON EL DESARROLLO DE CADENAS DE DISTRIBUCIÓN CORTAS Y MERCADOS LOCALES, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE ANDALUCÍA 2014-2020 (SUBMEDIDA 16.4, OPERACIÓN 16.4.1)

El Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, establece las normas generales que regulan la ayuda comunitaria al desarrollo rural.

El Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, establece en su artículo 5 las prioridades de desarrollo rural de la Unión Europea, entre las que se encuentra el fomento de la organización de la cadena alimentaria, incluyendo la mejora de la competitividad de los productores primarios integrándolos mejor en la cadena agroalimentaria a través de regímenes de calidad, añadir valor a los productos agrícolas, promoción en mercados locales y en circuitos de distribución cortos, agrupaciones y organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales. Esta prioridad tiene parte de su desarrollo en el artículo 35 a través de la medida denominada “Cooperación” y, en concreto para las ayudas reguladas en esta orden, en su apartado 2, letra d): la cooperación horizontal y vertical entre los agentes de la cadena de distribución, con miras a implantar y desarrollar, cadenas de distribución cortas y mercados locales; y letra e) las actividades de promoción en un contexto local relacionadas con el desarrollo de cadenas de distribución cortas y mercados locales.

La presente orden regula las ayudas previstas en el Programa de Desarrollo Rural (PDR) de Andalucía 2014-2020, aprobado por Decisión de Ejecución de la Comisión de 10 de agosto de 2015, modificado por última vez por Decisión de Ejecución de la Comisión de 20 de marzo de 2019 (versión 6). En concreto, se enmarcan en la Medida 16 “Cooperación”, Submedida 16.4. “Apoyo a la cooperación horizontal y vertical entre los actores de la cadena de distribución para implantar cadenas cortas y mercados locales”, operación 16.4.1. “Apoyo para la cooperación horizontal y vertical entre los agentes de la cadena de suministro para la creación y el desarrollo de cadenas de distribución cortas y mercados locales y para actividades de promoción en un contexto local relacionado con el desarrollo de cadenas de distribución cortas y mercados locales”.

La mencionada operación 16.4.1 tiene como focus área principal el 3A: “Mejorar la competitividad de los productores primarios integrándolos mejor en la cadena agroalimentaria a través de regímenes de calidad, añadir valor a los productos agrícolas, promoción en mercados locales y en circuitos de distribución cortos, agrupaciones y organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales” y, de forma adicional, los siguientes:

Focus área 1A: Fomento de la innovación, la cooperación y el desarrollo de la base de conocimientos en las zonas rurales.

Focus área 1B: Fortalecimiento de los vínculos entre la agricultura, la producción de alimentos y la silvicultura y la investigación y la innovación, en particular con el fin de mejorar la gestión y la eficacia medioambientales.

Focus área 5B: Lograr un uso más eficiente de la energía en la agricultura y en la transformación de alimentos.

Focus área 6A: Facilitar la diversificación, la creación y el desarrollo de pequeñas y medianas empresas y la creación de empleo.

Con esta operación se pretende impulsar la cooperación entre los agentes de la cadena de distribución para implantar y desarrollar cadenas cortas de distribución y comercialización, con el objeto de potenciar la dimensión y concentración de los agentes del sector agroalimentario, el refuerzo de los vínculos con los agentes del medio rural en general, la reducción de los intermediarios y la consecución de un mayor valor añadido y margen sobre el producto, aprovechando la oportunidad identificada en el diagnóstico que pueden suponer formas de comercialización alternativas como son los canales cortos o mercados locales, los cuales pueden servir de catalizadores para la generación de nuevos nichos de empleo en el medio rural, en conjunción con acciones de promoción y fomento del consumo que permiten visualizar y transmitir los elementos diferenciales de las producciones.

Además con ello se contribuye a un uso más eficiente de la energía en relación al transporte de proximidad de materias primas y de productos elaborados.

Asimismo se hace necesario desarrollar nuevas estrategias de distribución y comercialización en los mercados locales para superar las desventajas generales causadas por la fragmentación de las zonas rurales, con la consiguiente generación de empleo en el mundo rural.

La presente orden de bases reguladoras responde a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia que conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre Vínculo a legislación, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, han de guiar todo proyecto normativo y se ajusta a las bases reguladoras tipo, aprobadas por la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, y se dicta en el ejercicio de las competencias que atribuye a esta Comunidad Autónoma el artículo 48.3.a) Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Al objeto de facilitar la presentación de las solicitudes de ayudas y de agilizar su tramitación no será necesario acompañarlas de documentación acreditativa alguna, posponiéndose esta obligación al momento en el que se dicte la correspondiente propuesta provisional de resolución.

Asimismo se han incorporado medidas destinadas a compensar, equilibrar y no perpetuar las desigualdades entre mujeres y hombres, u otros colectivos, en cumplimiento de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre Vínculo a legislación, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía. En concreto, se ha incluido un criterio de valoración que prioriza a los proyectos cuyos agentes participantes cuenten con una presencia mayoritaria de mujeres y, en cuanto a las medidas de información y publicidad que deben adoptar las personas beneficiarias, se exige que todos los materiales, imágenes y documentación utilizados eviten cualquier imagen discriminatoria y estereotipos sexistas y, si procede, fomenten valores de igualdad, pluralidad de roles y corresponsabilidad entre hombres y mujeres. Del mismo modo, en la Comisión de Valoración deberá garantizarse una presencia equilibrada de hombres y mujeres.

En lo que se refiere a los criterios de valoración de las solicitudes, considerando la naturaleza de las subvenciones y de sus solicitantes, no han sido incluidos entre ellos los contemplados en los apartados a), c), d), e) y f) del artículo 15.2., del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo Vínculo a legislación. Los criterios de valoración contemplados en las bases reguladoras se corresponden con la versión 5 de criterios de selección de operaciones del PDR de Andalucía 2014-2020, aprobados por su Comité de Seguimiento.

Debido al número de solicitudes que se prevé tramitar en cada una de las convocatorias, así como por la complejidad de las mismas, se ha establecido un plazo máximo para resolver y publicar el procedimiento de concesión de las subvenciones de seis meses.

El Decreto 103/2019, de 12 de febrero Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, establece en su artículo 1.1 que corresponde a la citada Consejería las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia agraria, pesquera, agroalimentaria, de desarrollo rural, medio ambiente, agua y cambio climático.

En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria y en uso de las facultades que le confiere el artículo 118.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo Vínculo a legislación, y el artículo 44.2 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

DISPONGO

Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras.

1. Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de ayudas para el apoyo a la cooperación horizontal y vertical entre los agentes de la cadena de suministro para implantar cadenas cortas y mercados locales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, que consta de la siguiente línea de ayuda cuyo cuadro resumen se inserta a continuación:

“Apoyo para la cooperación horizontal y vertical entre los agentes de la cadena de suministro para la creación y el desarrollo de cadenas de distribución cortas y mercados locales y para actividades de promoción en un contexto local relacionado con el desarrollo de cadenas de distribución cortas y mercados locales (Operación 16.4.1)”.

2. Se considera parte integrante de las bases reguladoras que se aprueban con la presente orden el texto articulado de bases reguladoras tipo para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva aprobadas mediante Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 5 de octubre de 2015 (BOJA núm. 215, de 5 de noviembre de 2015).

Disposición adicional primera. Plazo de presentación de convocatoria y solicitudes de las ayudas.

Las ayudas serán convocadas mediante orden de la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en la que se fijará el plazo de presentación de solicitudes y el importe de la correspondiente dotación presupuestaria.

Disposición adicional segunda. Referencia normativa.

Las referencias realizadas a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y a la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, se entenderán hechas a la Ley 39/2015, de 1 de octubre Vínculo a legislación, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o a la Ley 40/2015, de 1 de octubre Vínculo a legislación, de Régimen Jurídico del Sector Público, según corresponda, a salvo de las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la administración y archivo único electrónico, cuya entrada en vigor queda diferida hasta el 2 de octubre de 2020.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la presente orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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