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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 2908-2019

10/07/2019
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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 2908-2019, en relación con el artículo 21.2 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, por posible vulneración del artículo 149.1.18 de la CE (BOE de 10 de julio de 2019). Texto completo.

CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 2908-2019, EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 21.2 DE LA LEY 4/1999, DE 15 DE MARZO, DE PATRIMONIO HISTÓRICO DE CANARIAS, POR POSIBLE VULNERACIÓN DEL ARTÍCULO 149.1.18 DE LA CE.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 2 de julio actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2908-2019 planteada por la Sección 2.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias con sede en Santa Cruz de Tenerife, en el procedimiento ordinario 14-2015, en relación con el artículo 21.2 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, por posible vulneración del artículo 149.1.18.ª Vínculo a legislación de la CE. y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) Vínculo a legislación LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 Vínculo a legislación LOTC, quienes sean parte en el procedimiento ordinario 14-2015, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

Madrid, 2 de julio de 2019.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

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