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Premio para el reconocimiento a centros bilingües y plurilingües

26/06/2019
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Resolución de 17 de junio de 2019, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se convoca el Premio para el reconocimiento a centros bilingües y plurilingües de Andalucía con buenas prácticas docentes en enseñanza bilingüe durante el curso 2018-2019 (BOJA de 25 de junio de 2019). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 17 DE JUNIO DE 2019, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA, POR LA QUE SE CONVOCA EL PREMIO PARA EL RECONOCIMIENTO A CENTROS BILINGÜES Y PLURILINGÜES DE ANDALUCÍA CON BUENAS PRÁCTICAS DOCENTES EN ENSEÑANZA BILINGÜE DURANTE EL CURSO 2018-2019.

La formación exhaustiva en la lengua materna y en lenguas extranjeras como instrumento al servicio de la mejora de la calidad de la educación ha sido objeto de atención prioritaria de la política educativa de la Junta de Andalucía desde que en 1998 se inició de manera experimental el Programa Bilingüe mediante la creación de las primeras secciones bilingües de francés y de alemán con la finalidad de reforzar el aprendizaje de la lengua extranjera. Ya en el documento Estrategias y propuestas para la segunda modernización de Andalucía (2001), se señalaba la necesidad “del conocimiento de otras lenguas como instrumento fundamental para asegurar las posibilidades de éxito y de compartir un futuro mejor”.

La enseñanza bilingüe es hoy día un enfoque innovador que va más allá de la mera enseñanza de una lengua y, por tanto, implica cambios metodológicos, curriculares y organizativos. El enfoque AICLE proporciona la naturalidad necesaria para que se produzca un uso espontáneo del idioma en el aula, ya que las clases de las áreas no lingüísticas se convierten en una oportunidad de experimentar, utilizar y emplear habilidades comunicativas en el marco escolar.

En 2005 comenzó un nuevo tiempo en Andalucía para el aprendizaje de lenguas con el Plan de Fomento del Plurilingüismo (en adelante PFP), que contempla una renovación metodológica para reforzar el aprendizaje de lenguas anteponiendo el desarrollo de la competencia comunicativa y de las destrezas básicas. Una de las acciones más destacadas de la Administración en relación con esta apuesta para mejorar la enseñanza y el aprendizaje de las lenguas en Andalucía es la creación del Programa Bilingüe en los centros andaluces, que comenzó en el curso 2005/2006 dentro del marco del PFP.

Andalucía sigue, pues, las recomendaciones de la Comisión Europea, que en su documento Luxembourg Presidency Position on Plurilingual Education concluyó que “es necesario un mayor reconocimiento público de los beneficios de AICLE y su capacidad para aumentar la prosperidad y la cohesión social e individual” y que “el intercambio de información y la investigación científica sobre las buenas prácticas en AICLE deben fomentarse a nivel europeo” (Consejo de Europa 2005).

La Ley 17/2007, de 10 de diciembre Vínculo a legislación, de Educación de Andalucía establece en su artículo 4 que uno de los principios del sistema educativo andaluz es la mejora permanente del sistema educativo, potenciando su innovación y modernización, y la evaluación de todos los elementos que lo integran. Asimismo, en su artículo 5 señala como objetivos de la ley potenciar las buenas prácticas docentes y estimular y valorar la innovación educativa como medio de participación en la mejora de la enseñanza. Esta misma ley, en su sección 4, artículo 21, propone como reconocimiento, apoyo y valoración de la actividad docente la concesión de premios por contribuciones destacadas para la mejora de las prácticas educativas.

De ahí que la Orden de 28 de junio Vínculo a legislación de 2011, por la que se regula la enseñanza bilingüe en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, especifique en su artículo 9 que los centros bilingües “se dotarán de un modelo metodológico, curricular y organizativo que contenga los principios del aprendizaje integrado de contenidos y lengua extranjera”. Además, “elaborarán un currículo integrado de las lenguas, así como materiales para el aprendizaje integrado de contenidos y lenguas extranjeras”.

Por ello, siguiendo con estas directrices europeas, en Andalucía se desarrolla en la actualidad el Plan estratégico de desarrollo de las lenguas en Andalucía Horizonte 2020, aprobado en Acuerdo de 24 de enero Vínculo a legislación de 2017, del Consejo de Gobierno (en adelante PEDLA), que establece que es necesario un replanteamiento serio de la forma tradicional de enseñanza de las lenguas extranjeras en todos los niveles de nuestro sistema educativo, a partir de métodos y enfoques más innovadores que tomen como referentes los objetivos e indicadores del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y que apuesten por un enfoque comunicativo, así como por el Aprendizaje Basado en Proyectos, que permite trabajar varias destrezas lingüísticas al mismo tiempo y favorece la atención a la diversidad. Igualmente reconoce que los logros del programa bilingüe en estos primeros años se deben indudablemente al esfuerzo y compromiso del profesorado implicado.

Este mismo documento recoge entre sus objetivos mejorar la metodología de enseñanza-aprendizaje aplicada por el profesorado y subraya entre sus líneas de actuación que la elaboración de materiales curriculares requiere de una gran implicación y esfuerzo por parte de los docentes que deben ser reconocidos e incentivados. El PEDLA también establece que se deben arbitrar medidas que permitan valorar y premiar el esfuerzo realizado por los equipos docentes bilingües.

También el Plan de éxito educativo 2016-2020, aprobado mediante Acuerdo de 29 de noviembre Vínculo a legislación de 2016, del Consejo de Gobierno, contempla entre sus objetivos priorizar las metodologías innovadoras y el desarrollo de proyectos eficaces para que los centros sean más dinámicos y den respuesta a cada alumno y alumna. Igualmente, el citado plan plantea la detección y difusión de las buenas prácticas como propuesta dentro de las líneas de mejora de la metodología y del currículo.

En consecuencia, para poner de relieve el trabajo que viene realizando el profesorado en el campo de la enseñanza bilingüe, así como para facilitar su difusión, la Consejería competente en materia de educación estableció, mediante Resolución de 28 de junio de 2018, con carácter anual, el reconocimiento a las buenas prácticas docentes de los centros públicos bilingües y plurilingües andaluces.

Por todo ello, en virtud de las competencias atribuidas por el art. 10 del Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, esta Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa

RESUELVE

Primero. Objeto.

Efectuar la convocatoria del Premio “Buenas prácticas en enseñanza bilingüe” para el reconocimiento a centros públicos bilingües y plurilingües dependientes de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía que desarrollan buenas prácticas docentes en el ámbito del bilingüismo correspondiente al curso 2018-2019.

Segundo. Características del premio.

El premio “Buenas prácticas en enseñanza bilingüe” se otorgará en dos categorías:

a) Centros de Educación Infantil y de Educación Primaria.

b) Centros de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.

Se concederán premios por cada una de las dos categorías con la distribución y dotación que se indica:

a) Un primer premio consistente en dotación económica de 3.000 euros y placa distintiva.

b) Un segundo premio consistente en dotación económica de 2.000 euros y placa distintiva.

c) Un tercer premio consistente en dotación económica de 1.000 euros y placa distintiva.

Tercero. Destinatarios.

Los premios estarán dirigidos a los centros docentes públicos bilingües y plurilingües dependientes de la Consejería de Educación y Deporte que impartan enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, de Educación Primaria, de Educación Secundaria Obligatoria, de Bachillerato o de Formación Profesional, que hayan desarrollado actuaciones que fomenten el aprendizaje de lenguas extranjeras y en lenguas extranjeras.

Los centros galardonados en la edición anterior no podrán concurrir con las mismas buenas prácticas.

Cuarto. Características de la memoria.

La memoria con las actuaciones llevadas a cabo ocupará un máximo de 30 páginas numeradas y redactadas a una cara, en tamaño A4, con un interlineado doble y utilizando el tipo de letra Arial tamaño de 12 puntos. Si se presentasen más de 30 páginas, las adicionales no se tendrán en cuenta en la valoración. Se podrá aportar como anexos a esta memoria cualquier material relativo a la implementación de la buena práctica (fotografías, gráficos, etc.). La memoria y los anexos configurarán un único documento que se presentará en formato PDF (si es necesario, comprimido en formato ZIP), cuya capacidad máxima será de 10 Mb. En caso de adjuntarse imágenes, tendrán formato JPG o PNG. Las páginas correspondientes a los anexos no serán contabilizadas en el cómputo de las 30 páginas de la memoria.

La memoria debe incluir los siguientes apartados:

1) Portada con título explícito referido a la buena práctica.

2) Índice.

3) Contextualización (resumen de la vida del centro) y justificación de la buena práctica con un máximo de dos páginas.

4) Cuerpo de la memoria con los siguientes epígrafes (siempre estarán relacionados con la buena práctica presentada):

a) Desarrollo metodológico de la práctica y validación de su eficacia didáctica.

b) Integración en el Proyecto Educativo de Centro.

c) Adecuación a la realidad y necesidades del centro y de su entorno.

d) Aplicación de nuevas metodologías.

e) Uso de las nuevas tecnologías.

f) Carácter interdisciplinar.

g) Atención a la diversidad y alumnado con NEAE en el aula bilingüe.

h) Elaboración de material AICLE.

i) Elaboración de Currículo Integrado de la Lenguas e inclusión en el Proyecto Lingüístico del Centro

j) Elaboración de material AICLE para la atención a la diversidad y alumnado con NEAE.

k) Implicación de los diferentes agentes de la comunidad educativa.

l) Difusión de la buena práctica.

m) Apertura a otros entornos bilingües.

n) Sostenibilidad de la práctica propuesta y posibilidades de adaptación.

ñ) Actividades complementarias y extraescolares.

o) Proyectos de intercambio con alumnado extranjero.

p) Proyectos de intercambio o estancias del profesorado en el extranjero.

q) Implementación del Portfolio Europeo de las Lenguas.

h) Otros programas: Proyecto Lingüístico de Centro, Plan de Lectura y Biblioteca, etc.

i) Incorporación de aspectos relacionados con la igualdad entre hombres y mujeres, la violencia de género, la educación medioambiental y la educación en valores.

5) En la elaboración de la memoria se procurará, en todos los casos, argumentar y mostrar evidencias de las actuaciones llevadas a cabo.

6) La presentación de las memorias supone la aceptación de las bases de la presente convocatoria.

Quinto. Solicitudes y plazos de la presentación de la documentación.

El plazo de presentación de las candidaturas será desde el día siguiente a la publicación en BOJA de la presente Resolución hasta el 30 de septiembre de 2019.

Los centros deberán realizar su solicitud, de conformidad con la disposición adicional décima de la Ley General de Subvenciones a la que se ajusta el otorgamiento de este premio, mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través del sistema de gestión Séneca. Asimismo, el Director o Directora del centro educativo deberá firmar la solicitud de participación.

Los centros que deseen concurrir a esta convocatoria presentarán su solicitud mediante el formulario alojado en Séneca\Centro\Premios y Concursos. Conjuntamente con el formulario de solicitud de inscripción telemática, debidamente cumplimentado, se adjuntará en formato PDF (comprimido en ZIP si fuese necesario) la memoria de las actuaciones realizadas, según las características relacionadas en el punto cuarto.

Asimismo, se deberá firmar la solicitud de participación en Séneca con perfil de dirección. (Séneca\Documentos que se pueden pedir\Centro\Premios y Concursos\Solicitud de Premios y Concursos para la firma electrónica.)

Sexto. Valoración de las candidaturas en las Delegaciones Territoriales.

Para realizar una primera valoración de candidaturas, en cada Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación se constituirá una comisión formada por:

- La persona titular de la Jefatura del Servicio de Ordenación Educativa, que actuará como Presidente.

- La persona responsable de Plurilingüismo, que actuará como Secretario o Secretaria.

- Un asesor o asesora de formación del ámbito lingüístico de un CEP de la provincia.

- Un inspector o inspectora de referencia de centros bilingües.

Esta comisión podrá solicitar el asesoramiento de personas expertas en el ámbito de la enseñanza de lenguas extranjeras o del plurilingüismo.

Las comisiones provinciales actuarán de acuerdo con el siguiente procedimiento:

1. Cada uno de los cuatro miembros de la comisión de valoración puntuará cada una de las memorias presentadas de acuerdo con el baremo que se recoge en el Anexo I. La media de esas cuatro puntuaciones se redondeará hasta las diezmilésimas (cuatro decimales). Para facilitar esta tarea, el Servicio de Programas Educativos Internacionales enviará a las delegaciones una hoja de cálculo preparada al efecto.

2. Elaborará una lista ordenada por puntuación por cada una de las categorías establecidas (centros de Infantil y de Primaria; centros de ESO, de Bachillerato y de FP).

3. Levantará acta de los resultados de las valoraciones, de acuerdo con el Anexo II.

4. Al acta, la comisión de valoración añadirá un informe de la memoria con mayor puntuación en cada categoría, en el que se expondrá una valoración cualitativa de lo más destacado de cada memoria, que complemente la cuantitativa de la puntuación.

5. Enviará a la dirección [email protected] las dos memorias de las candidaturas seleccionadas, el acta levantada con los resultados de las valoraciones y los dos informes elaborados, en el plazo de 15 días hábiles, contados desde el término del plazo de presentación de candidaturas.

Séptimo. Jurado de selección.

De acuerdo con la Ley 40/2015, de 1 de octubre Vínculo a legislación, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Consejería de Educación y Deporte se constituirá un jurado regional paritario por cada categoría para la selección de candidaturas, formado cada uno de ellos por cinco miembros:

• Presidente: persona titular de la Jefatura del Servicio de Programas Educativos Internacionales, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa.

• Vocales: dos técnicos de la sección de Plurilingüismo del Servicio de Programas Educativos Internacionales; un o una responsable de plurilingüismo de una de las Delegaciones Territoriales de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación; y un profesor o profesora de Primaria o Secundaria (según la categoría correspondiente), que ejercerá la función de secretario o secretaria.

El procedimiento de actuación de los dos jurados de selección será el siguiente:

1. Cada uno de sus cinco miembros puntuará cada una de las memorias presentadas de acuerdo con el baremo que se recoge en el Anexo I. Para ello, el Servicio de Programas Educativos Internacionales enviará a todos sus miembros, por correo electrónico, las memorias que habrán de valorar, junto con los informes realizados por las Delegaciones Territoriales. Una vez valoradas, los miembros del jurado pasarán sus puntuaciones a la hoja de cálculo habilitada al efecto, y las enviarán a la dirección de correo electrónico [email protected].

2. Los miembros del jurado serán convocados a una reunión en la que se comunicarán los resultados de las puntuaciones, con sus medias redondeadas a las diezmilésimas. En caso de empate, se leerán los informes realizados por las Delegaciones Territoriales sobre las memorias presentadas, se establecerá un turno de palabra y se decidirá por votación el desempate.

3. Cada jurado elaborará una lista ordenada por puntuación de las memorias valoradas en su categoría.

4. De todo el desarrollo de la reunión se levantará acta.

Octavo. Fallo del jurado y resolución del procedimiento.

Como consecuencia de las valoraciones efectuadas, el jurado emitirá un fallo del premio en cada una de sus dos categorías, pudiendo declararlo desierto si considera que ninguna de las candidaturas reúne los méritos suficientes.

El fallo del jurado será inapelable y se elevará como propuesta de concesión del premio correspondiente a la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa para su resolución.

La persona titular de la Dirección General competente en materia de bilingüismo, a la vista de la propuesta del Jurado, dictará la correspondiente resolución, y elevará a definitivo y hará público el contenido del fallo del Jurado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Noveno. Financiación de los premios.

1. La financiación de estos premios se realizará con cargo al servicio 01, concepto 229, del programa 54C de la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio 2019 de la Consejería de Educación y Deporte. La cuantía total máxima destinada será de 12.000 euros.

2. La Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía transferirá, como gastos de funcionamiento, a las cuentas de los centros docentes premiados, las cantidades que correspondan según el premio concedido.

3. Los centros premiados destinarán la cuantía del premio a la realización de actuaciones para el fomento de la enseñanza bilingüe.

4. Dichas cantidades se justificarán en la forma prevista en la normativa vigente, y serán dedicadas exclusivamente a la finalidad para la que han sido concedidas, no pudiéndose destinar a otro concepto distinto de gasto.

Décimo. Entrega de premios.

El acto de entrega de los premios tendrá lugar antes del 31 de diciembre de 2019.

Undécimo. Difusión y publicación de las memorias premiadas.

Los centros premiados se comprometen a participar en las acciones de difusión de las mejores prácticas que se organicen por la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía.

Los centros educativos deberán contar con la correspondiente autorización o licencia para el uso, difusión y publicación de los textos, imágenes, recursos multimedia y aplicaciones informáticas que se incluyan en las memorias. La Consejería de Educación y Deporte podrá difundir los trabajos premiados a través de los medios que estime convenientes, bajo el tipo de licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual CC BY-NC-SA.

Las buenas prácticas premiadas se recogerán en el Portal de Plurilingüismo de Educación y Deporte. Asimismo, la Consejería de Educación y Deporte se reservará el derecho de publicación de las memorias presentadas.

Duodécimo. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ANEXO I

Criterios de valoración de candidaturas al Premio “Buenas prácticas en enseñanza bilingüe” para el reconocimiento a centros públicos bilingües y plurilingües dependientes de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía que desarrollan buenas prácticas docentes.

Las candidaturas se valorarán mediante la constatación de evidencias relacionadas con los indicadores de cada uno de los criterios de este Anexo I. La constatación de evidencias se valorará de 1 a 4, de la siguiente manera:

1 = Sin evidencias.

2 = Pocas evidencias.

3 = Bastantes evidencias.

4 = Evidencias totales.

El criterio a) supondrá el 30% de la valoración.

El criterio b) supondrá el 30% de la valoración.

El criterio c) supondrá el 20% de la valoración.

El criterio d) supondrá el 10% de la valoración.

El criterio e) supondrá el 10% de la valoración.

Tablas omitidas.

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