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Estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Dirección General de la Guardia Civil

24/06/2019
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Orden PCI/685/2019, de 18 de junio, por la que se modifica la Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Dirección General de la Guardia Civil (BOE de 24 de junio de 2019). Texto completo.

ORDEN PCI/685/2019, DE 18 DE JUNIO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN PRE/422/2013, DE 15 DE MARZO, POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LOS SERVICIOS CENTRALES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL.

El Real Decreto 952/2018, de 27 de julio Vínculo a legislación, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, asigna a la Dirección General de la Guardia Civil, en su artículo 4.6, entre otros cometidos del Director Adjunto Operativo, la dirección, impulso y coordinación de las acciones que la Guardia Civil desarrolle en materia de ciberseguridad.

La Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo Vínculo a legislación, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Dirección General de la Guardia Civil, que ahora se viene a modificar, estableció la estructura organizativa para llevar a cabo las misiones que le asignaba el Real Decreto 400/2012, de 17 de marzo, por el que se desarrollaba la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, no habiendo sido modificada aquella tras la entrada en vigor del anteriormente mencionado Real Decreto 952/2018, de 27 de julio Vínculo a legislación.

En este contexto, en el ámbito de la Guardia Civil intervienen diferentes actores con competencias en el ámbito cibernético, que desarrollan sus tareas de forma paralela, en función de la amenaza a combatir y/o de las misiones que tienen encomendadas, pero cuyos esfuerzos, inevitablemente, en ocasiones confluyen.

Por ello, se ha considerado oportuna la creación de una Unidad que, en el seno de la Dirección General de la Guardia Civil, venga a coordinar y optimizar el potencial disponible para hacer frente a las amenazas procedentes de medios cibernéticos o transmitidas a través de ellos, y que se constituya como punto de referencia en aspectos relacionados con la ciberseguridad, manteniéndose al margen de la labor investigadora, que compete a las Unidades operativas, y que fije determinados procedimientos de armonización en la gestión de los recursos humanos, materiales y financieros relacionados con la ciberseguridad.

En la iniciativa y tramitación de esta norma se han observado los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, exigidos por el artículo 129 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En su virtud, haciendo uso de la autorización concedida por la disposición final segunda del Real Decreto 952/2018, de 27 de julio Vínculo a legislación, a propuesta del Ministro del Interior y de la Ministra de Defensa, con la previa autorización de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, dispongo:

Artículo único. Modificación Vínculo a legislación de la Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Dirección General de la Guardia Civil.

Se modifica el apartado 3 del artículo 5 Vínculo a legislación de la Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Dirección General de la Guardia Civil, añadiendo la letra f), con la siguiente redacción:

“f) La Unidad de Coordinación de Ciberseguridad”.

Disposición final primera. Facultades de desarrollo.

Se faculta al Director General de la Guardia Civil para dictar las resoluciones necesarias para la ejecución de esta orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

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