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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 2561-2019

12/06/2019
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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 2561-2019, en relación con el artículo 11.3.1.b), segundo párrafo de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, en la redacción dada por la Ley 9/2011, de 29 de marzo y la disposición adicional única de la última Ley referenciada, por posible vulneración de los artículos 24.1, 117, 118 y 149.1.1.ª, 13.ª, 18.ª y 23.ª de la CE (BOE de 12 de junio de 2019). Texto completo.

CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 2561-2019, EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 11.3.1.B), SEGUNDO PÁRRAFO DE LA LEY 15/2001, DE 14 DE DICIEMBRE, DEL SUELO Y ORDENACIÓN TERRITORIAL DE EXTREMADURA, EN LA REDACCIÓN DADA POR LA LEY 9/2011, DE 29 DE MARZO Y LA DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA DE LA ÚLTIMA LEY REFERENCIADA, POR POSIBLE VULNERACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 24.1, 117, 118 Y 149.1.1.ª, 13.ª, 18.ª Y 23.ª DE LA CE.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 4 de junio actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 2561-2019 planteada por la Sección 1.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Cáceres, en el procedimiento ordinario núm. 1463-2011, en relación con el artículo 11.3.1.b), segundo párrafo de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, en la redacción dada por la Ley 9/2011, de 29 de marzo, y la disposición adicional única de la última Ley referenciada, por posible vulneración de los artículos 24.1, Vínculo a legislación 117 Vínculo a legislación, 118 Vínculo a legislación y 149.1.1.ª, Vínculo a legislación 13.ª, Vínculo a legislación 18.ª Vínculo a legislación y 23.ª Vínculo a legislación de la CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 Vínculo a legislación c) LOTC, deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 Vínculo a legislación LOTC, quienes sean parte en el procedimiento ordinario núm. 1463-2011, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

Madrid, 4 de junio de 2019.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

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