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CGPJ

Jueces recurren al CGPJ la decisión de mantener a Velasco y López en la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional

11/06/2019
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Presentan otro recurso contra las nuevas bases de nombramientos de cúpula judicial

MADRID, 10 (EUROPA PRESS)

La Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) y Jueces y Juezas para la Democracia (JJpD) han presentado este lunes un recurso ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) contra su decisión de mantener a los magistrados Eloy Velasco y Enrique López adscritos en la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, después de que su nombramiento inicial como titulares de este órgano fuera anulado por el Tribunal Supremo.

Ambas asociaciones consideran, según dice el recurso de reposición, que la decisión del órgano de gobierno de los jueces es "contraria al ordenamiento jurídico y lesiva para los miembros de la carrera judicial" al impedir que otros magistrados con méritos para ello puedan optar a dicha Sala cuando se produzcan vacantes.

Explican que el hecho de que Velasco y López estén adscritos a dicho órgano judicial permite que accedan directamente a cubrir algunas de las tres plazas si alguna de ellas se queda libre, lo cual supone, a su juicio, una "congelación de la composición de este tribunal durante décadas".

Asimismo, JJpD y AJFV señalan que el acuerdo de mantener a Velasco y López como adscritos no sólo "quebranta la letra y el espíritu de la sentencia del Tribunal Supremo", que anuló sus nombramientos comotitulares hace poco más de dos meses al entender que el GGPJ había hecho una interpretación errónea del artículo 330.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que fija los requisitos para asignar este tipo de plazas.

VULNERACIÓN DE LA NORMATIVA

Para las asociaciones, la decisión no cumple "precepto legal alguno e incluso vulnera lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ)" y se aparta del criterio empleado por el propio CGPJ en casos similares "y lo hace sin citar norma alguna, lo que supone una clara vulneración del ordenamiento jurídico".

No obstante, el órgano de gobierno de los jueces omitió la resolución del alto tribunal y decidió mantener a estos dos magistrados adscritos a la Sala junto a otros tres miembros, Manuela Fernández de Prado, Ángel Hurtado y el presidente de la Audiencia Nacional, José Ramón Navarro.

Este recurso se suma a los que han interpuesto estas dos asociaciones judiciales en los últimos días, como el presentado también este mismo lunes junto a Foro Judicial Independiente (FJI), contra la decisión del órgano de gobierno de los jueces de renovar importantes y numerosas plazas judiciales, como las presidencias de la Audiencia Nacional, de ocho Audiencias Provinciales (Albacete, Castellón, La Coruña, Lleida, Valencia, Valladolid, Toledo y Zamora) y de varias salas en los Tribunales Superiores de Justicia de Aragón, Castilla y León y Galicia.

Las asociaciones se quejan de que las nuevas bases para convocar nombramientos en la cúpula judicial se hayan aprobado por un Consejo General del Poder Judicial en funciones sin escuchar previamente sus opiniones al respecto.

CONVOCATORIA ABIERTA

El órgano de gobierno de los jueces informó que los nuevos requisitos se han acordado conforme a la reforma al artículo 326 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), modificada el pasado mes de diciembre, que establece que los nombramientos de estos cargos se basarán en una "convocatoria abierta" que se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Las bases serán aprobadas por el Pleno y establecerán "de forma clara y separada cada uno de los méritos que se vayan a tener en consideración, diferenciando las aptitudes de excelencia jurisdiccional de las gubernativas, y los méritos comunes de los específicos para determinado puesto".

No obstante, las asociaciones judiciales exigieron que se tuviese en cuenta sus propuestas evitar que se hiciese "un traje a la carta" de los candidatos y fijar mecanismos que permitiesen objetivar en lo posible el nombramiento de los cargos discrecionales en el Poder Judicial.

OPORTUNIDAD PARA RECTIFICAR

Por ello, AJFV, FJI y JJpD aseguran que este recurso brinda la posibilidad al CGPJ de "rectificar una decisión que entraña una flagrante vulneración de la normativa aplicable y eludir con ello los indudables perjuicios" que puede ocasionar al "prestigio de la institución" y los intereses de los aspirantes mantener dichas normas de convocatoria.

Por último, el recurso anuncia que de no ser estimado su petición de anular dichas convocatorias y la suspensión cautelar de los requisitos exigidos, acudirán a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo para interponer la correspondiente impugnación a los acuerdos del órgano de gobierno de los jueces.

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