Diario del Derecho. Edición de 12/09/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 21/05/2019
 
 

Audiencia Provincial de Sevilla

Condenan a seis meses de cárcel a un matrimonio por golpear al alcalde de Villamanrique (Sevilla) en 2015

21/05/2019
Compartir: 

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado al matrimonio formado por Encarnación D.B., de 66 años de edad y, Juan Antonio I.R., de 69 años de edad, a seis meses de prisión por golpear al alcalde de la localidad sevillana de Villamanrique de la Condesa, José Solís, tras una reunión en el despacho de éste en 2015.

SEVILLA, 20 May. (EUROPA PRESS) -

Así, tras alcanzar un acuerdo de conformidad entre las partes --Fiscalía, acusación particular y defensa--, en el que los acusados han reconocido los hechos que se le imputan y han aceptado las penas acordadas, la Sala les ha condenado a seis meses de prisión y a una multa de tres meses con cuota diario de tres euros por un delito de atentado, y a la pena de un mes de multa con cuota de diaria de tres euros por un delito leve de lesiones. Además, el fallo les condena al pago de todas las costas procesales.

Además, el tribunal les ha concedido a los condenados las suspensión de la pena privativa de libertad por el plazo de dos años, incluyendo asimismo la responsabilidad personal subsidiaria por impago de la multa impuesta, con la condición de que no vuelvan a delinquir en ese periodo de tiempo.

La Sala considera probado que ambos acusados, sobre las 11,45 horas del día 8 de octubre del 2015, fueron al despacho del alcalde de Villamanrique en el Ayuntamiento de dicha localidad, donde le recriminaron que había enviado a su casa a un inspector de sanidad. Así, el fallo da como probado que Encarnación D.B. y Juan Antonio I.R. le llamaron "golfo, cabrón" y dijeron que "le iban a matar a él y a su familia".

Igualmente, el tribunal señala como hecho probado que en el curso de la discusión, los acusados, "de común acuerdo y con ánimo de atentar contra el principio de autoridad", comenzaron a golpear a José Solís quien sufrió una herida en el labio superior "que tardó en curar tres días con una sola asistencia facultativa y tratamiento sintomático".

Asimismo, la sentencia recoge que con anterioridad al juicio, ambos acusados indemnizaron al primer edil por los hechos descritos, sin que éste reclame nada por ellos.

Cabe apuntar que el tribunal apunta que al tratarse de una pena no superior a dos años de prisión y carecer de antecedentes penales "relevantes para valorar la probabilidad de comisión de delitos futuros", procede dejar en suspenso las referidas penas privativas de libertad impuestas por plazo de dos años y condicionada en todo caso a que no vuelvan a delinquir en el período de suspensión.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Se reconoce a una trabajadora que presta servicios exclusivamente en sábados, domingos y festivos, el derecho a percibir el plus festivo establecido en el Convenio Colectivo del Sector de Limpieza de Edificios y Locales de la Comunidad de Madrid
  2. Tribunal Supremo: Examina el TS cuándo la prueba de detectives es lícita para basar el despido disciplinario de un delegado de persona por uso indebido de horas para actividades sindicales
  3. Legislación: Sistema de selección, nombramiento y cese del personal funcionario interino al servicio de la Administración de Justicia
  4. Tribunal Supremo: Declara el TS que para el acceso al Cuerpo de Maestros y Profesores se valora como mérito el haber superado las enseñanzas correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura ya valorada en cuanto a su segundo ciclo
  5. Legislación: Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025-2027
  6. Actualidad: El Congreso informa al Supremo de los pagos a Cerdán: más de 40.000 euros en kilometraje
  7. Revistas: Iustel presenta el número 4 de su Revista General de Derecho, Literatura y Cinematografía / Journal of Law, Literature and Film (RGDLC)
  8. Estudios y Comentarios: Palabras de la presidenta Perelló; por Ramón Trillo, ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  9. Actualidad: El TEDH dice que las restricciones Covid en hostelería no pueden considerarse "una expropiación 'de facto"
  10. Actualidad: La Fiscalía cree que la Audiencia Nacional no tiene competencia para investigar el boicot a Israel en La Vuelta

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana