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Estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda

21/05/2019
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Decreto 67/2019, de 2 de mayo, de modificación parcial de la estructura orgánica y de la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda (BOCA de 20 de mayo de 2019). Texto completo.

DECRETO 67/2019, DE 2 DE MAYO, DE MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE LA CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

La vigente estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda fue aprobada mediante el Decreto 31/2009, de 16 de abril Vínculo a legislación (BOC 28/04/2009), modificado por el Decreto 36/2016, de 30 de junio (BOC 12/07/2016).

En el momento actual es necesaria la aprobación de un Decreto de modificación parcial de la estructura orgánica y de la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, introduciendo las adaptaciones que la organización administrativa demanda y que permitan reforzar y reorganizar los medios humanos con los que cuenta en determinadas áreas.

En su virtud, cumplidos los trámites previstos en el Decreto 2/1989, de 31 de enero Vínculo a legislación, sobre elaboración de estructuras, relaciones de puestos de trabajo y retribuciones, en su vigente redacción, y consultadas las organizaciones sindicales al amparo de lo previsto en el Real Decreto Ley 5/2015, de 30 de octubre Vínculo a legislación, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, a propuesta conjunta del Consejero de Obras Públicas y Vivienda y de la Consejera de Presidencia y Justicia, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de fecha 2 de mayo de 2019, DISPONGO Artículo 1. La estructura orgánica de la Secretaría General experimenta los siguientes cambios:

1. Se modifica la denominación y funciones del Negociado de Información y Atención al Ciudadano que toma el nombre de Negociado de Información, Intendencia y Asuntos Generales.

2. Se suprime el Negociado de Régimen Interior y Asuntos Generales.

Artículo 2. La estructura orgánica de la Dirección General de Obras Públicas experimenta los siguientes cambios:

1. Se modifica la denominación y funciones del Negociado de Gestión de Obras y Conservación I que pasa a denominarse Negociado de Gestión de Obras y Conservación.

2. Se suprimen el Negociado de Gestión de Obras y Conservación II, el Negociado de Expropiaciones y el Negociado de Actuaciones Administrativas de Planificación y Proyectos.

DISPOSICIÓN ADICIONIAL PRIMERA Organigrama Se modifican los apartados 2. Secretaría General y 3. Dirección General de Obras Públicas del artículo 15 Vínculo a legislación del Decreto 31/2009, de 16 de abril, que quedan redactados en los siguientes términos:

2. Secretaría General 2.1. Asesoría Jurídica 2.1.0.1. Negociado de Asesoría Jurídica 2.2. Servicio de Administración General 2.2.1. Sección de Organización, Régimen Interior y Asuntos Generales.

2.2.1.1. Negociado de Organización y Gestión de Personal 2.2.1.2. Negociado de Información, Intendencia y Asuntos Generales 2.3. Servicio de Gestión Económica y Contratación 2.3.0.1. Negociado de Gestión Administrativa de Inversiones y Contratación 2.3.0.2. Negociado de Gestión Administrativa de Obras 2.3.0.3. Negociado de Seguimiento de Obras y Planes 2.3.0.4. Negociado de Gestión Presupuestaria 3. Dirección General de Obras Públicas 3.1. Servicio de Carreteras Autonómicas 3.1.0.1. Negociado de Gestión de Obras y Conservación 3.1.0.2. Negociado de Explotación I 3.1.0.3. Negociado de Explotación II 3.1.0.4. Negociado de Actuaciones Administrativas 3.1.1. Sección de Expropiaciones 3.1.2. Sección de Apoyo Técnico Jurídico y Coordinación de Gestión 3.2. Servicio de Proyectos y Obras 3.2.0.1. Negociado de Gestión Administrativa de Proyectos y Obras 3.3. Servicio de Vías y Obras 3.3.0.1. Negociado de Actuaciones Administrativas 3.3.1. Sección de Alumbrados Públicos 3.3.2. Sección de Proyectos y Obras 3.4. Servicio de Supervisión y Apoyo Técnico 3.4.0.1. Negociado de Actuaciones Administrativas 3.5. Servicio de Planificación 3.5.1. Sección de Planificación, Estudios y Proyectos 3.6. Servicio de Puertos 3.6.0.1. Negociado de Actuaciones Administrativas de Obras y Explotación 3.6.1. Sección de Obras, Conservación y Explotación 3.6.1.1. Negociado de Actuaciones Administrativas de Proyectos y Obras 3.7. Unidad de Coordinación de Administración y Servicios 3.7.1. Sección de Coordinación y Asuntos Generales 3.7.1.1. Negociado de Gestión Administrativa.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA Relación de puestos de trabajo 1. Se aprueba la modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, que se adjunta como Anexo al presente Decreto.

2. La modificación de la presente relación de puestos de trabajo tiene carácter de acto administrativo que pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su pu- blicación en el Boletín Oficial de Cantabria, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149 Vínculo a legislación de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en el presente Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Anexos Omitidos.

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