Diario del Derecho. Edición de 16/07/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 20/05/2019
 
 

Audiencia Provincial de Pontevedra

Absuelven al acusado de secuestrar a una mujer y su empleada de hogar en Vilagarcía de Arousa (Pontevedra)

20/05/2019
Compartir: 

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha absuelto al acusado de disfrazarse de Guardia Civil y de secuestrar, en noviembre de 2013, a una mujer y a una empleada de la vivienda, en Vilagarcía de Arousa (Pontevedra). La sentencia estima que no quedó acreditado que la nave industrial abandonada, en la que se encontraron restos de sangre del acusado, fuese el lugar en el que ambas mujeres estuvieron retenidas.

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 15 May. (EUROPA PRESS) -

El tribunal señala que "el hallazgo de los restos de sangre del acusado por sí solo no puede entenderse como prueba de cargo para desvirtuar la presunción de inocencia", pues reconoció que había estado con anterioridad en la zona. Las dos afectadas aseguraron que no podían reconocer el lugar porque habían estado con la cara tapada ni tampoco al acusado.

"Dado que no hay certeza de que en la nave estuviesen retenidas las denunciantes, no se puede concluir con certeza que la presencia del ADN del acusado en el lugar se deba a que fuese el autor del delito que aquí se persigue", han señalado los jueces.

El Ministerio Fiscal solicitaba una pena de 12 años de prisión por delito de robo con intimidación en concurso con delito de detención ilegal, 18 meses de multa con una cuota diaria de 12 euros y tres miles euros por el dinero sustraído.

Inicialmente, Fiscalía acusaba también a R.J.R. pero en sus conclusiones finales retiró la acusación.

Según recoge la sentencia, el 20 de noviembre de 2013 unas personas vestidas con uniforme de guardia civil se presentaron en la vivienda de la mujer, a la que le dijeron que le iban a entregar una citación para su hija. Cuando abrió la puerta y tras enseñarle el documento de identidad, la detuvieron y le colocaron unas bridas en las manos. También detuvieron a la empleada de hogar que se acercó a interesarse por lo que estaba sucediendo.

Tras meter a las dos mujeres en un coche, las taparon con pasamontañas y las llevaron a un lugar que desconocían, para llevarlas de nuevo por la tarde de regreso al domicilio.

En el transcurso de las investigaciones, derivadas de la denuncia presentada por Rosario C.O. --mujer del narco gallego 'El Panadero'--, los agentes de la policía científica acudieron a una nave y encontraron restos de sangre que, una vez analizados, se correspondieron con M.S.M.. La identificación genética constaba en una base de datos por estar imputados en diligencias policiales anteriores.

Pero durante el juicio Rosario C. y su asistenta M.F.O.M, no reconocieron a los acusados como los individuos que las retuvieron contra su voluntad, las amenazaron y robaron en su casa. También aseguraron que no sabían dónde estaba situada la nave a la que fueran conducidas, porque llevaba la cara tapada.

Los agentes que declararon en el plenario no explicaron tampoco por qué se habían tomado muestras en la nave industrial de Vilagarcía, ya que solo comparecieron los agentes y no el instructor ni el secretario, por lo que no quedó acreditado que la nave industrial abandonada fuese el lugar en el que ambas mujeres estuvieron retenidas.

Ante esto, la sentencia estima que los restos de sangre de M.S.M., por sí solos, no pueden entenderse como prueba de cargo para desvirtuar la presunción de inocencia. El acusado, en su declaración, admitió que había estado con anterioridad en la zona de la nave industrial.

La sentencia no es firme y contra ella se puede interponer un recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Bruselas pone en duda ante el TJUE que la amnistía sea de interés general por ser parte de un "acuerdo político"
  2. Estudios y Comentarios: ¿Financiación justa o singular y generalizable? (I); por Tomás de la Quadra-Salcedo, catedrático emérito de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid, exministro de Justicia, expresidente del Consejo de Estado y exministro de Admnistración Territorial
  3. Actualidad: El Supremo descarta investigar a Bolaños por el 'caso Begoña Gómez' ante la "absoluta ausencia" de indicios
  4. Estudios y Comentarios: ¿Financiación autonómica justa o singular, bilateral y generalizable? (y II); por Tomás de la Quadra-Salcedo, catedrático emérito de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid, exministro de Justicia, expresidente del Consejo de Estado y exministro de Administración Territorial
  5. Tribunal Supremo: El Supremo se pronuncia sobre la prescripción de la acción de restitución de las cantidades pagadas en exceso por el titular de una tarjeta revolving
  6. Actualidad: La Audiencia de Sevilla acuerda elevar al TJUE las sentencias del TC sobre los ERE para evitar "riesgo de impunidad"
  7. Tribunal Supremo: No es aplicable el TR de la Ley Concursal de 2020, que excluyó la exoneración inmediata de los créditos de derecho público por extralimitarse de la habilitación legal
  8. Agenda: El despliegue de la Inteligencia Artificial en España: posicionamiento estratégico y aplicación práctica en empresas y Administración Pública
  9. Actualidad: El CGPJ ratifica las ternas de cara a un último intento para desbloquear nombramientos clave en el Supremo
  10. Actualidad: El TSJM anula parte del convenio de funcionarios de la Comunidad por vulnerar derechos como el de huelga o manifestación

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana