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Fiesta de Interés Turístico

14/05/2019
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Orden Foral 22E/2019, de 11 de marzo, del Consejero del Departamento de Desarrollo Económico, por la que se declara Fiesta de Interés Turístico de la Comunidad Foral de Navarra la Fiesta Orhipean: Oficios y Tradiciones de Ochagavía (BON de 13 de mayo de 2019). Texto completo.

ORDEN FORAL 22E/2019, DE 11 DE MARZO, DEL CONSEJERO DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, POR LA QUE SE DECLARA FIESTA DE INTERÉS TURÍSTICO DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA LA FIESTA ORHIPEAN: OFICIOS Y TRADICIONES DE OCHAGAVÍA.

El Ayuntamiento de Ochagavía ha solicitado a la Dirección General de Turismo y Comercio la declaración de la Fiesta Orhipean: Oficios y Tradiciones como Fiesta de Interés Turístico de Navarra. Adjunta a su solicitud documentación explicativa del interés turístico de la misma.

Mediante Decreto Foral 45/2010, de 9 de agosto Vínculo a legislación, se regula la declaración de Fiesta de Interés Turístico de la Comunidad Foral de Navarra y tiene por objeto regular las fiestas que se celebran en la Comunidad Foral de Navarra desde una perspectiva turística, creando la distinción de “Fiesta de Interés Turístico de Navarra”.

Se entiende por “Fiesta de Interés Turístico de Navarra” aquella fiesta, acontecimiento o manifestación de notorio enraizamiento en la tradición popular navarra que, celebrada en la Comunidad Foral de Navarra, suponga la manifestación de valores propios de su cultura, revista una especial importancia como recurso o producto turístico de Navarra y contribuya a incrementar el turismo en Navarra.

Orhipean es una fiesta que, mediante la recreación de la vida cotidiana de Ochagavía a principios del siglo XX, da a conocer los antiguos oficios y tradiciones del Pirineo Navarro como seña de su identidad junto con la realización de actividades culturales y festivas. Estos oficios y tradiciones, aún con peculiaridades propias, son extendibles a buena parte de las zonas rurales de la Comunidad Foral, lo que abunda en el interés de la declaracion con “Fiesta de Interés Turístico de Navarra”.

El origen de estas fiestas se remonta a 2003, iniciada por la asociación Orhipean, Oficios y Tradiciones, actual organizadora, junto con el Ayuntamiento de Ochagavía. Desde su creación el objetivo ha sido el de promocionar turísticamente Ochagavía y el Valle de Salazar a través de la recuperación del rico patrimonio cultural de la zona. Durante un fin de semana se puede disfrutar de artesanos que muestran sus oficios, hoy casi perdidos, y de tradiciones de hace más de cien años. Se celebran anualmente el último fin de semana de agosto.

Consta en el expediente propuesta favorable emitida por la Dirección General de Turismo y Comercio, en la que se pone de manifiesto, una vez completada por el Ayuntamiento de Ochagavía la solicitud de declaración con fecha 8 de noviembre de 2018, que cumple con los requisitos exigidos en el artículo 3 Vínculo a legislación del Decreto Foral 45/2010, de 9 de agosto, así como que la citada fiesta contribuye de forma destacada al desarrollo de los valores propios y de tradición popular de Navarra, favoreciendo el mejor conocimiento de sus recursos turísticos y, con ello, la difusión y desarrollo del turismo de Navarra, conforme a los criterios de valoración señalados en el artículo 8.

Asimismo, consta informe favorable del Consejo de Turismo de Navarra de fecha 26 de diciembre de 2017.

En consecuencia, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 9.1 Vínculo a legislación del Decreto Foral 45/2010, de 9 de agosto, por el que se regula la declaración de Fiesta de Interés Turístico de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

1.º Declarar Fiesta de Interés Turístico de la Comunidad Foral de Navarra a la Fiesta Orhipean: Oficios y Tradiciones.

2.º Proceder a su inscripción en el Registro de Fiestas de Interés Turístico de Navarra, con el código de inscripción UFITNA22.

3.º Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Contra esta Orden Foral, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su publicación, de conformidad con los artículos 121 Vínculo a legislación y 122 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 Vínculo a legislación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

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