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Las leyes 39/2015 y 40/2015, del procedimiento administrativo común y del régimen jurídico del sector público: teoría y práctica

10/05/2019
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La Escuela Gallega de Administración Pública convoca el Curso superior “Las leyes 39/2015 y 40/2015, del procedimiento administrativo común y del régimen jurídico del sector público: teoría y práctica”.

BASES:

1. Objetivos.

Las leyes 39/2015 y 40/2015, de 1 de octubre, introducen novedades relevantes en la regulación del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y del régimen jurídico del sector público, que inciden, entre otras, en la organización y el funcionamiento de la Administración, el régimen jurídico de los convenios, la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas, los recursos administrativos, la tramitación electrónica de los procedimientos y los derechos de las personas en sus relaciones con la Administración.

El objetivo principal de este curso es abordar el estudio de las citadas modificaciones del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común desde una perspectiva práctica, para lo cual, en una primera parte de cada sesión, se procederá al análisis, estudio y debate de los temas propuestos y, en la segunda parte, a su aplicación a través de la resolución de supuestos prácticos.

2. Contenido.

El curso se estructura en 8 sesiones, en las que se tratarán, entre otros, los siguientes temas:

• Las relaciones administrativas ad intra. Principios generales de actuación del sector público y los órganos de las administraciones públicas. Relaciones interadministrativas.

• Las relaciones administrativas ad extra. Los derechos de las personas en sus relaciones con la Administración pública.

• Cuestiones generales del procedimiento administrativo común I: los plazos. Cómputo. Efectos de la extemporaneidad en las actuaciones administrativas: en especial, caducidad, silencio administrativo y prescripción.

• Cuestiones generales del procedimiento administrativo común II: la eficacia de los actos administrativos. Especial referencia al procedimiento notificador y a las notificaciones electrónicas.

• La tramitación electrónica del procedimiento administrativo. Identidad digital. Presentación documental electrónica. Expediente, documento y archivo electrónicos. Interoperabilidad.

• El procedimiento administrativo común I: los interesados. Iniciación de oficio y a instancia de parte. Las medidas preventivas.

• El procedimiento administrativo común II: ordenación, instrucción y finalización del procedimiento. Especial referencia a la resolución del procedimiento administrativo.

• Los principios de la potestad sancionadora. Las especialidades del procedimiento sancionador.

• Los principios de la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas. Las especialidades del procedimiento de responsabilidad patrimonial.

• El sistema de recursos administrativos.

• Nulidad y anulabilidad. La revisión de los actos en vía administrativa.

• La iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria.

• Los convenios en la Ley 40/2015.

3. Plazas: 80.

4. Personas destinatarias.

El curso se dirige al personal empleado público, en situación de servicio activo o asimilada, de las administraciones públicas de Galicia, tanto autonómica como local y de justicia, de los entes instrumentales de la Comunidad Autónoma y de las universidades del Sistema universitario de Galicia que esté en posesión del título de doctorado, licenciatura, diplomatura, grado, arquitectura, ingeniería, arquitectura técnica o ingeniería técnica.

En el caso de no cubrir la totalidad de las plazas convocadas, a las vacantes que resulten podrán acceder los y las profesionales que estén en posesión del título de doctorado, licenciatura, diplomatura, grado, arquitectura, ingeniería, arquitectura técnica o ingeniería técnica.

A los efectos de lo establecido en la Resolución del INAP de 26 de octubre de 1994 (BOE núm. 267, de 8 de noviembre, y corrección, BOE núm. 311, de 29 de diciembre), por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de la Administración local en cumplimiento de lo establecido en la Orden del Ministerio para las administraciones públicas de 10 de agosto de 1994, y en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG núm. 52, de 16 de marzo), y corrección (DOG núm. 77, de 22 de abril), sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, a este curso se le otorgará una puntuación de 1,5 puntos.

5. Desarrollo.

El curso se desarrollará en la EGAP, calle Madrid, 2-4, Santiago de Compostela, en las siguientes fechas: 21 y 28 de mayo; 4, 11, 18 y 25 de junio; y 2 y 9 de julio de 2019.

Tendrá una carga lectiva de 45 horas presenciales, distribuidas en 8 sesiones: 7 sesiones de 6 horas lectivas, que se impartirán en horario de mañana (de 11.00 a 14.00 horas) y en horario de tarde (de 16.00 a 19.00 horas), y una sesión de 3 horas, el último día del curso, en horario de mañana (de 11.00 a 14.00 horas).

6. Inscripción.

6.1. El plazo para la inscripción permanecerá abierto desde las 8.00 horas del día siguiente a la publicación de la convocatoria del curso en el Diario Oficial de Galicia hasta las 23.00 horas del día 14 de mayo de 2019.

6.2. Las solicitudes de participación en esta actividad formativa solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección “https://egap.xunta.gal/matricula”. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

6.3. Antes de formalizar su inscripción en esta actividad todas las personas deben introducir o actualizar los datos de su área de matrícula, de acuerdo con los requisitos de selección establecidos en el punto 4 de esta convocatoria.

6.4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de la actividad solicitada y pasarán al final de las listas de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

7. Comprobación de datos.

7.1. Para la tramitación del procedimiento se consultarán los datos de las personas interesadas necesarios para realizar el proceso de selección de esta actividad formativa.

7.2. La presentación de la solicitud comportará la autorización de la persona solicitante al órgano gestor para pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios de la EGAP.

7.3. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán enviar un correo electrónico a [email protected] con la indicación expresa a este respecto y adjuntando los documentos que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración.

7.4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

8. Criterios de admisión.

El orden de admisión vendrá determinado por la fecha y hora de presentación de las solicitudes, dando preferencia al personal empleado público.

9. Matrícula.

9.1. Importe.

El importe de la matrícula es de cien euros (100 €) para las personas destinatarias que no tengan la condición de personal empleado público que, en el caso de ser seleccionadas, recibirán las instrucciones para realizar el pago.

9.2. Pago.

Las personas seleccionadas podrán hacer efectivo el pago de la matrícula en un plazo único o en dos plazos.

El/la alumno/a seleccionado/a deberá efectuar el pago, total o del primer plazo (60 %), dentro de los tres días hábiles siguientes a la comunicación de su selección por parte de la EGAP y, el 40 % restante, en el caso de optar por el pago fraccionado, entre el 14 y el 21 de junio de 2019.

Una vez formalizado el pago de la matrícula, total o fraccionado, el/la alumno/a deberá enviar el correspondiente justificante bancario a la dirección de correo [email protected], especificando su nombre y apellidos. La formalización de la inscripción en el curso quedará condicionada al envío de dicho justificante en el plazo establecido.

La EGAP no procederá a la devolución de las cantidades abonadas en concepto de matrícula en el caso de renuncia o abandono una vez iniciado el curso.

10. Publicación de la lista de personas seleccionadas y plazo de presentación de alegaciones.

10.1. En el apartado de este curso de la página web de la EGAP (https://egap.xunta.gal/) se publicará la lista de personas seleccionadas, así como también un número adecuado de reservas en caso de que el número de solicitudes recibidas sea superior al número de plazas.

El plazo de presentación de alegaciones será de dos días hábiles contados desde el día de su publicación.

10.2. Una vez transcurrido el plazo de alegaciones, se publicará en el mismo apartado la lista definitiva de las personas admitidas en el curso.

11. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y asistencia.

11.1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

11.2. Renuncia:

a) Las personas seleccionadas solo podrán renunciar a la actividad formativa:

• Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

• Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de las personas responsables de los centros directivos.

• Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia debe ser comunicada por correo electrónico, dirigido a [email protected], con una antelación mínima de tres días hábiles anteriores al inicio de la actividad formativa, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE de 2 de octubre). En la página web de la Escuela estará disponible un modelo de renuncia.

c) Las personas que incumplan lo previsto en los apartados a) y b) pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

11.3. La asistencia y la puntualidad:

a) Son obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa se realizarán controles de asistencia y puntualidad.

c) Las faltas de asistencia:

c.1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas presenciales. En todo caso, las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días, contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo especificado anteriormente perderán el derecho al certificado en la actividad formativa.

c.2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente, contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

12. Modificaciones.

La EGAP se reserva la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de este curso, así como la facultad de cancelarlo si el escaso número de solicitudes no justificase su realización.

13. Certificado electrónico de aprovechamiento.

Al final del curso se emitirá un certificado electrónico de aprovechamiento, descargable desde el área de matrícula (https://egap.xunta.gal/matricula/), a aquellas personas inscritas que participasen asiduamente y siempre que su asistencia fuese igual o superior al 90 % de las horas lectivas programadas. Este documento estará firmado electrónicamente por la EGAP e incluirá, de forma expresa, el contenido, la carga lectiva, la fecha y el lugar de realización del curso, así como un código de verificación electrónica (CVE) para contrastar su autenticidad.

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