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Comisión de Ética Judicial

La Comisión Ética desaconseja a los jueces 'googlear' sobre sus causas para mantener la imparcialidad

26/04/2019
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La Comisión de Ética Judicial ha emitido un dictamen en el que desaconseja a los jueces buscar en internet o redes sociales información sobre las causas que tengan entre manos porque podría "alterar la posición imparcial que deben adoptar en su enjuiciamiento".

MADRID, 25 (EUROPA PRESS)

Según informa el CGPJ en un comunicado, el dictamen tiene origen en la consulta elevada por un juez de lo Social que tras un pleito por una invalidez, se encontró en un andén al supuesto inválido y caminaba perfectamente.

Preguntaba si era ético utilizar ese conocimiento casual para resolver y si de una forma más general, se podía indagar en redes sociales sobre un hecho objeto de enjuiciamiento.

El dictamen argumenta sobre este asunto que "no es aconsejable que el juez haga una búsqueda de la verdad material fuera del acervo probatorio" porque debe ser "extremadamente" diligente y cuidadoso en evitar que información que pueda llegarles a través de internet o de las redes sociales sobre las partes, los abogados o los hechos objeto del proceso.

Entiende que desde una perspectiva ética, en el proceso de decisión sobre los hechos y de valoración de la prueba, el juez no debe contaminarse "por cualquier clase de prejuicio contra alguna de las partes que pudiera tener su origen en información obtenida fuera de los cauces procesales oportunos".

En cuanto al hallazgo de que el presunto lesionado no tenía tal invalidez, la Comisión de Ética Judicial considera que "la introducción por el juez en el proceso de hechos de los que hubiere tenido conocimiento fuera del proceso, sería contraria a los principios y reglas procesales, e igualmente la práctica de cualquier medio de prueba encaminado a fundar la convicción judicial sobre tales hechos".

"En tanto la ley procesal no lo permita, en ningún caso el juez puede introducir hechos distintos a los alegados por las partes", concluye el dictamen sobre este asunto. Añade que si el juez se ve en el trance de sentirse contaminado a la hora de emitir una decisión, puede valorar la posibilidad de abstenerse.

"Si no existiere causa legal de abstención, deberá actuar conforme al principio ético 11, tratar 'de superar cualquier prejuicio o predisposición que pueda poner en peligro la rectitud de la decisión', y prescindir en la valoración probatoria del conocimiento de los hechos obtenido fuera del proceso", añade.

La Comisión de Ética Judicial es un organismo independiente de los órganos de gobierno del Poder Judicial, compuesto por seis miembros de la Carrera Judicial -elegidos directamente por los jueces y magistrados españoles- y por un académico experto en Ética o Filosofía del Derecho, cuya función es orientar sobre la interpretación de los Principios de Ética Judicial.

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