ALICANTE, 24 (EUROPA PRESS)
Según la sentencia, facilitada este miércoles por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), los hechos ocurrieron entre agosto y noviembre de 2014, cuando el acusado se valió de un perfil falso en Facebook para hacerse pasar por una mujer que quería contratar a las víctimas, de edades comprendidas entre los 15 y los 23 años, como camareras, gogós y bailarinas en discotecas y otros locales de ocio.
Con ese pretexto las convenció para que accedieran a hacer una entrevista 'on line'. En dichas entrevistas el acusado ocultaba tanto su imagen como su voz y hacía creer a las perjudicadas que ello se debía a un fallo informático o a una avería de la webcam instalada en su ordenador.
El hombre pedía a las chicas que se desnudaran frente al ordenador, se exhibieran en ropa interior o en bikini, hicieran topless o se tocaran, entre otras cosas. Y cuando ellas se negaban, las amenazaba con difundir las imágenes íntimas que ya había obtenido en diferentes redes sociales.
El Juzgado de lo Penal número 8 de Alicante impuso en su día al acusado, a quien aplicó una atenuante por alteración mental, cuatro años y medio de cárcel como autor de un delito de corrupción de menores y dos delitos de amenazas condicionales a través de Internet.
Ante esa condena, la defensa del hombre presentó un recurso en el que alegaba la realidad médica y metal en 2014. Puntualiza la sala que el examen forense se practicó en 2017 y que se carecen de pruebas que acrediten su situación tres años antes.
Además, precisa que los hechos se produjeron a lo largo de varios meses y que el "modus operandi" refleja "el empleo de astucia para lograr engañar a diversas mujeres jóvenes". "Tal conducta por parte del ahora recurrente resulta incompatible con una merma ostensible de facultades intelectivas y volitivas", subraya.
Por todo ello, la Sección Tercera de la Audiencia alicantina desestima el recurso presentado por el hombre y confirma la sentencia del juzgado de lo Penal 8 de Alicante.