Diario del Derecho. Edición de 03/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 22/04/2019
 
 

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1461-2019

22/04/2019
Compartir: 

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1461-2019, en relación con la disposición transitoria segunda del Decreto-ley del Gobierno de Illes Balears 1/2017, de 13 de enero, de modificación de la Ley 20/2006, de 15 diciembre, Municipal y de Régimen Local de las Illes Balears, y de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y de medidas en materia de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y el artículo 41 de la Ley del Parlamento de Illes Balears 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, por posible vulneración de los arts. 149.1.1.ª y 149.1.18.ª de la CE (BOE de 18 de abril de 2019). Texto completo.

CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 1461-2019, EN RELACIÓN CON LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA DEL DECRETO-LEY DEL GOBIERNO DE ILLES BALEARS 1/2017, DE 13 DE ENERO, DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 20/2006, DE 15 DICIEMBRE, MUNICIPAL Y DE RÉGIMEN LOCAL DE LAS ILLES BALEARS, Y DE LA LEY 3/2007, DE 27 DE MARZO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS, Y DE MEDIDAS EN MATERIA DE COORDINACIÓN DE LAS POLICÍAS LOCALES DE LAS ILLES BALEARS Y EL ARTÍCULO 41 DE LA LEY DEL PARLAMENTO DE ILLES BALEARS 4/2013, DE 17 DE JULIO, DE COORDINACIÓN DE LAS POLICÍAS LOCALES DE LAS ILLES BALEARS, POR POSIBLE VULNERACIÓN DE LOS ARTS. 149.1.1.ª Y 149.1.18.ª DE LA CE.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 9 de abril actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1461-2019 planteada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el recurso de apelación número 479-2017, en relación con la disposición transitoria segunda del Decreto-ley del Gobierno de Illes Balears 1/2017, de 13 de enero, de modificación de la Ley 20/2006, de 15 diciembre Vínculo a legislación, Municipal y de Régimen Local de las Illes Balears, y de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y de medidas en materia de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, y el artículo 41 de la Ley del Parlamento de Illes Balears 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, por posible vulneración de los artículos 149.1.1.ª Vínculo a legislación y 149.1.18.ª Vínculo a legislación de la CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) Vínculo a legislación LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 Vínculo a legislación LOTC, quienes sean parte en el recurso de apelación número 479-2017, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

Madrid, 9 de abril de 2019.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana