Diario del Derecho. Edición de 16/07/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 16/04/2019
 
 

Audiencia Provincial de Cantabria

La Audiencia confirma la legalidad del Congreso del PP de Cantabria

16/04/2019
Compartir: 

La Audiencia Provincial de Cantabria confirma la sentencia que avaló el XII Congreso del PP de Cantabria y en el que fue elegida presidenta de la formación María José Sáenz de Buruaga, al desestimar los cinco recursos de apelación que se habían presentado contra dicha resolución judicial.

SANTANDER, 14 Abr. (EUROPA PRESS) -

Concretamente, esta sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, fechada el 3 de abril de 2019, desestima los recursos de apelación presentados contra la resolución dictada el pasado 12 de junio por el Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Santander, que avaló el Congreso celebrado el 25 de marzo de 2017 y en el que Sáenz de Buruaga ganó por cuatro votos al otro candidato: el que hasta entonces era presidente del PP de Cantabria, Ignacio Diego.

Los recursos de apelación, que ahora la Audiencia rechaza, son los cinco promotores de las dos demandas de nulidad que se desestimaron en la sentencia de instancia.

Estos son, por una parte, el diputado regional del PP Santiago Recio --afín a Diego-- y la teniente alcalde del Ayuntamiento de Valdáliga, Lorena García, promotores de una de las demandas, y, por otra, tres afiliados del PP de Laredo, que impulsaron la otra.

En la sentencia de la Audiencia, consultada por Europa Press, la Sala rechaza, al igual que ocurrió en la resolución de instancia recurrida, las peticiones de nulidad o impugnaciones hechas por los recurrentes respecto a algunos acuerdos o resoluciones adoptadas durante el proceso congresual.

Entre ellas, figura la petición de algunos de los recurrentes de que se declarara nula y sin efecto la puesta al corriente en el pago de las cuotas de 491 militantes o afiliados al PP llevada a cabo mediante transferencia desde la cuenta abierta a nombre de un afiliado de Laredo, conocido en este proceso judicial como 'Miguelín'. Además, se solicitaba que estos afiliados quedaran fuera, por tanto, de la participación en el Congreso. Respecto a esta petición, la Sala considera que la acción está "caducada".

Tampoco la Sala acepta declarar nula la consignación a mano llevada a cabo el mismo día del Congreso de dos compromisarios no incluidos inicialmente en las mesas de votación.

En ese sentido, la Sala se basa en la "intrascendencia" de la petición ya que --dice-- incluso admitiendo que los dos votantes inscritos a mano hubieran votado a Sáenz de Buruaga (algo que no está acreditado) y anulando su voto, los apoyos a la actual presidenta seguirían siendo dos más que los de Diego.

La sentencia de la Audiencia no es firme ya que contra ella cabe recurso de casación por interés casacional y extraordinario por infracción procesal ante la Audiencia Provincial. En la resolución, se impone a los recurrentes las costas causadas por su recurso.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Bruselas pone en duda ante el TJUE que la amnistía sea de interés general por ser parte de un "acuerdo político"
  2. Estudios y Comentarios: ¿Financiación justa o singular y generalizable? (I); por Tomás de la Quadra-Salcedo, catedrático emérito de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid, exministro de Justicia, expresidente del Consejo de Estado y exministro de Admnistración Territorial
  3. Actualidad: El Supremo descarta investigar a Bolaños por el 'caso Begoña Gómez' ante la "absoluta ausencia" de indicios
  4. Estudios y Comentarios: ¿Financiación autonómica justa o singular, bilateral y generalizable? (y II); por Tomás de la Quadra-Salcedo, catedrático emérito de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid, exministro de Justicia, expresidente del Consejo de Estado y exministro de Administración Territorial
  5. Tribunal Supremo: No es aplicable el TR de la Ley Concursal de 2020, que excluyó la exoneración inmediata de los créditos de derecho público por extralimitarse de la habilitación legal
  6. Actualidad: El Supremo rebaja a doce años y medio la pena de prisión al conductor de un atropello mortal en Santander
  7. Actualidad: La Audiencia de Sevilla acuerda elevar al TJUE las sentencias del TC sobre los ERE para evitar "riesgo de impunidad"
  8. Actualidad: El CGPJ ratifica las ternas de cara a un último intento para desbloquear nombramientos clave en el Supremo
  9. Legislación: Oferta de empleo público
  10. Tribunal Supremo: El Supremo se pronuncia sobre la prescripción de la acción de restitución de las cantidades pagadas en exceso por el titular de una tarjeta revolving

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana