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El Supremo anula el reglamento de destinos de la Guardia Civil por no incluir un informe del impacto sobre discapacitados

26/03/2019
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El Tribunal Supremo ha anulado el Real Decreto 848/2017 de reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil, que había sido impugnado por la asociación profesional AUGC, por no incorporar a la Memoria de Análisis de Impacto Normativo un informe en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

MADRID, 25 Mar. (EUROPA PRESS) -

En una sentencia del 15 de marzo de 2019, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima el recurso contencioso de AUGC --asociación con representación en el Consejo de la Guardia Civil-- y anula el Real Decreto, además de imponer 2.000 euros a la parte demandada en concepto de costas.

"Formal y materialmente", recoge dicha sentencia, "el informe de impacto de la norma en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, era preceptivo por relevante". El Supremo entiende que la "mera alusión a una parte del informe del Consejo de Estado, que afirma genéricamente que la Memoria de Análisis ha evaluado también este aspecto, no permite llegar a conclusión contraria".

Entienden los jueces del Supremo, además, que ha quedado probado documentalmente que el Real Decreto de destinos de personal aprobado por el Gobierno del PP en 2017 no contó con el informe preceptivo de la Secretaría del Consejo Nacional de Discapacidad. "La norma reglamentaria debe ser anulada al incurrir en el vicio de nulidad de pleno derecho denunciado", recoge la sentencia.

AUGC: "VARAPALO" A LA DIRECCIÓN GENERAL

En un comunicado, AUGC sostiene que el Real Decreto ahora anulado supone un "varapalo" a la Dirección General del Instituto Armado e ignora a los "miles de agentes" que se encuentran en situación de apto con limitaciones, "estado que afecta de lleno a familias en las que concurren circunstancias excepcionales por motivos de salud, discapacidad o rehabilitación".

Según esta asociación profesional, en la Dirección General "no tuvieron en cuenta la circunstancia de hombres y mujeres con hijos a su cargo menores de doce años o con un grado de discapacidad igual o superior al 33%". "Es decir, nos encontramos con la posible existencia de un trato discriminatorio en relación con la asignación de destinos a estos guardias civiles", añaden.

AUGC ha valorado positivamente el fallo del Supremo, subrayando la parte que afecta a los puestos de libre designación. "Duplicaba los destinos de libre designación hasta llegar a la cifra de más de 12.000 puestos, lo que contradice el criterio instalado en el resto de la Administración, ya que este tipo de asignación de puestos de confianza se limita excepcionalmente a altos funcionarios", asegura la asociación.

"Es evidente que el incremento de puestos de libre designación favorece la arbitrariedad y el clientelismo, puesto que atenta gravemente contra los principios de igualdad, mérito y capacidad, que deben regir la promoción profesional en la función pública", argumenta AUGC.

Según AUGC, la sentencia arroja otras "lecturas complementarias". "La primera es que hay que pedir responsabilidades políticas a quienes nombraron a directores generales tan incompetentes. La segunda, va dirigida al generalato de la Guardia Civil, cuyos miembros son responsables directos de todo esto, por su empecinamiento en no aceptar la intervención y participación de las asociaciones profesionales en la política de personal", señalan en su comunicado, añadiendo que "al caer el Reglamento de destinos caen en cascada también la orden ministerial y tres órdenes generales que lo desarrollaban".

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