ORDEN 4/2019, DE 5 DE MARZO, DE LA CONSELLERIA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, REFORMAS DEMOCRÁTICAS Y LIBERTADES PÚBLICAS, POR LA QUE SE DETERMINA EL COLOR DE LAS PAPELETAS Y SOBRES DE VOTACIÓN DE LAS ELECCIONES A LES CORTS 2019.
El Decreto 168/2010, de 15 de octubre, del Consell, por el que se determinan las condiciones de los locales y las características de las urnas, papeletas, sobres y demás documentación electoral a utilizar en las elecciones a Les Corts, establece en su artículo 3 las características de las papeletas de votación.
Dicho artículo, en su apartado 4, establece que las papeletas electorales se confeccionarán en papel blanco e impresas por una sola cara y que en caso de concurrencia con otro proceso electoral del que se derive una coincidencia en el color de las papeletas, podrá usarse otro color que se determinará por el órgano competente en materia de procesos electorales.
Resultando que el artículo 4, apartado 1, del citado decreto señala que los sobres de votación serán del mismo color que las papeletas de votación.
Dada la próxima concurrencia en la Comunitat Valenciana de elecciones generales y autonómicas se impone la necesidad de adoptar disposiciones referidas a determinados aspectos relacionados con el material electoral.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que tengo conferidas por el artículo 5 del Decreto 7/2015, de 29 de junio, del president de la Generalitat, por el que determina las consellerias en que se organiza la Administración de la Generalitat, así como la disposición final segunda del Decreto 168/2010, de 15 de octubre, del Consell, por el que se determinan las condiciones de los locales y las características de las urnas, papeletas, sobres y demás material electoral a utilizar en las elecciones a Les Corts, modificado por el Decreto 15/2015, de 6 de febrero, del Consell,
ORDENO
Artículo único
Las papeletas y sobres de votación a utilizar en las elecciones a Les Corts del próximo 28 de abril serán de color rosa pantone 196 U o tonalidades similares.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Única. Incidencia económica en la dotación de gasto
La aplicación y desarrollo de esta orden no podrá tener incidencia alguna en la dotación de todos y cada uno de los capítulos de gasto asignada al departamento de la Generalitat competente por razón de la materia y, en todo caso, deberá ser atendida con los medios personales y materiales de este.
DISPOSICIÓN FINAL
Única. Producción de efectos
La presente orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.