SEVILLA, 4 Mar. (EUROPA PRESS) -
Igualmente, la Sala de Gobierno ha acordado eximir de ponencias de nuevo ingreso y asistencia a juicios a las dos magistradas que completaban la Sala del caso ERE, Encarnación Gómez y Pilar Llorente, las cuales quedarán liberadas parcialmente de reparto durante el plazo concreto y en la forma que determine y proponga el presidente de la Audiencia Provincial de Sevilla, Damián Álvarez.
Esta liberación parcial busca, según la información del TSJA y avanzada por Diario de Sevilla, que puedan compatibilizar "ágilmente su labor con la deliberación y redacción de la macrocausa de especial complejidad y antigüedad" como es la pieza política de los ERE, "procedimiento que debe procurarse pueda estar en fase de firma y notificación a las partes en momento temporal conectado con el vencimiento del plazo concedido de exención total del ponente --seis meses--".
Así aborda el TSJA la comunicación remitida en relación a la liberación de ponencias por los tres magistrados, integrantes del tribunal del juicio de los ERE, que quedó visto para sentencia a mediados del pasado mes de diciembre. En el citado escrito, Juan Antonio Calle, Encarnación Gómez y Pilar Llorente exponen la dificultad de compatibilizar el estudio de un asunto "tan extenso y complejo", con la celebración de nuevas vistas y la deliberación de asuntos ordinarios turnados.
Ante ello, la Sala de Gobierno acuerda aprobar la liberación total de ponencias durante seis meses para el magistrado ponente de la macrocausa conocida como pieza política de los ERE, así como la liberación total de ponencias durante un mes para el magistrado ponente del caso Mercasevilla, Francisco Gutiérrez, de la Sección Primera de la Audiencia, cuyo juicio quedó visto para sentencia el pasado 14 de febrero.
Además, apunta que cuando finalice el mes de liberación de ponencias del magistrado Francisco Gutiérrez, se aprueba la liberación de asuntos del magistrado Rafael Díaz por un tiempo de un mes, al objeto de redactar y firmar asuntos de especial complejidad derivados de la llamada causa cursos de formación, que exceden del plazo razonable de resolución en la segunda instancia.