Diario del Derecho. Edición de 16/09/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 28/02/2019
 
 

AN

La Audiencia Nacional anula la devolución al Estado de un millón de euros de la Fundación Comillas

28/02/2019
Compartir: 

Confirma el reintegro del grueso de la subvención de 2012 más intereses de demora, en total 543.000 euros

SANTANDER, 27 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Nacional ha estimado en parte el recurso de la Fundación Comillas y ha anulado el reintegro parcial de la subvención concedida por el Ministerio de Cultura en 2011, por importe de 935.000 euros, que el Estado reclamó a Cantabria al principio de la presente legislatura, cantidad que con los intereses se elevaba a 1,12 millones de euros.

En la misma sentencia, fechada el 11 de febrero y a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional confirma, por el contrario, la devolución al Estado de 475.000 euros de la subvención que Cantabria que recibió en 2012 para el proyecto del Campus Comillas, más 68.232 euros de intereses de demora, lo que hace un total de 543.232 euros.

El Ministerio reclamó a Cantabria el reintegro parcial de las dos primeras y únicas subvenciones del proyecto Comillas en diciembre de 2015, cuando a nivel nacional gobernaba el PP de Mariano Rajoy y en Cantabria acababa de volver al Gobierno la coalición PRC-PSOE, después de cuatro años con mayoría absoluta del PP.

En concreto, el Ministerio exigió la devolución de uno de los dos millones concedidos a la Fundación Comillas en 2011, y 475.000 euros del medio millón aportado a la Fundación en 2012, en el marco del convenio de financiación plurianual del Centro Internacional de Estudios Superiores del Español (CIESE), aprobado por el Gobierno de Rodríguez Zapatero a finales de 2010, que contemplaba 26 millones hasta 2018.

En 2013, el Gobierno de Rajoy "rompió unilateralmente" el convenio, y cinco años después, en 2018, el Gobierno PRC-PSOE ha llevado a los tribunales su incumplimiento y la reclamación del dinero comprometido a través de una demanda ante la Audiencia Nacional, el mismo órgano que ahora ha anulado la reclamación del Estado a Cantabria para la devolución parcial de la subvención de 2011 y ha confirmado la de 2012.

LA SENTENCIA

En el caso de la anualidad de 2011, la Audiencia Nacional comparte la tesis de la Fundación Comillas, que alegó que la subvención recibida fue objeto de control financiero en tres procedimientos de reintegro distintos incoados por el mismo motivo -porque no se consideraban subvencionables de acuerdo al convenio de 2010 los gastos generales de las actividades que venía desempeñando la Fundación, así como los gastos para mantener toda su estructura-.

La sala concluye que "no es ajustado a derecho imponer al beneficiario de la subvención tener que sufrir una sucesión de controles "sine die" que puedan provocar el reintegro de las cantidades percibidas cuando ya ha recaído un acto administrativo que cierra la relación jurídica que le ligaba con la Administración concedente de la subvención".

En el caso de la subvención de 2012, la reclamación vino motivada porque la administración central no consideró subvencionables los gastos de personal -nóminas y seguros sociales-, al entender que eran costes indirectos o gastos de funcionamiento.

La sala señala que para que pudieran considerarse costes directos los gastos de personal de 14 personas que especificaba la Fundación Comillas en su memoria justificativa y también en el escrito de demanda, es necesario acreditar la actividad concreta que cada una de esas personas ha desarrollado para cumplir el objetivo y la finalidad de la actividad subvencionada -la realización de actividades de promoción y enseñanza del español en la sede de la Fundación Comillas-.

Sin embargo, añade, la entidad se limitó a especificar que se trata de personal con funciones de dirección, académicas y docentes, de investigación, responsables de comunicación, de asuntos institucionales, personal responsable de promoción y de comunicación. La sentencia, que no impone costas a ninguna de las partes, se puede recurrir ante el Tribunal Supremo justificando el interés casacional.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: La Comisión de Venecia visita España de cara a su dictamen sobre las dos propuestas para reformar el CGPJ
  2. Estudios y Comentarios: El Fiscal, al banquillo: Un paso esperado, una suspensión pendiente; por Agustín Ruiz Robledo, Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada
  3. Estudios y Comentarios: Votos particulares; por José Luis Requero, magistrado del Tribunal Supremo
  4. Tribunal Supremo: Resuelve el TS que para el acceso a los Cuerpos o Escalas del Grupo A se precisa la titulación exigida legalmente para el ejercicio de la profesión regulada correspondiente
  5. Estudios y Comentarios: El asesinato de Charlie Kirk, un ataque contra todos nosotros; por Juan Luis López Aranguren, Profesor de Relaciones Internacionales y Derecho Internacional Público de la Universidad de Zaragoza
  6. Estudios y Comentarios: ¡No nos olvidemos de Cuba!; por José Manuel Vera Santos, Catedrático de Derecho constitucional en la Universidad Rey Juan Carlos
  7. Tribunal Supremo: Aprecia el Tribunal la pérdida sobrevenida del objeto en la impugnación de la decisión de la empresa de imponer la obligación de remitir los partes médicos de baja a través del sistema informático
  8. Actualidad: Bolaños avisa a la Comisión de Venecia del riesgo del modelo "corporativo" de CGPJ para la independencia judicial
  9. Actualidad: La AN condena a prisión a una red destapada por agentes encubiertos que metió en España más de una tonelada de cocaína
  10. Actualidad: El CERMI plantea a la ONU la "urgencia" de una ley de reparación a las víctimas de las esterilizaciones forzosas

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana