Diario del Derecho. Edición de 14/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 18/01/2019
 
 

Entrada en vigor del Acuerdo entre el Reino de España y la República Argentina sobre reconocimiento mutuo de títulos y certificados de estudios de Educación primaria

18/01/2019
Compartir: 

Entrada en vigor del Acuerdo entre el Reino de España y la República Argentina sobre reconocimiento mutuo de títulos y certificados de estudios de Educación primaria, secundaria obligatoria y post obligatoria y Educación superior no universitaria del Reino de España y los niveles de Educación primaria, secundaria y superior -a excepción de la educación universitaria- de la República Argentina, o sus denominaciones equivalentes, hecho en Madrid el 23 de febrero de 2017 (BOE de 18 de enero de 2019). Texto completo.

ENTRADA EN VIGOR DEL ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA ARGENTINA SOBRE RECONOCIMIENTO MUTUO DE TÍTULOS Y CERTIFICADOS DE ESTUDIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA, SECUNDARIA OBLIGATORIA Y POST OBLIGATORIA Y EDUCACIÓN SUPERIOR NO UNIVERSITARIA DEL REINO DE ESPAÑA Y LOS NIVELES DE EDUCACIÓN PRIMARIA, SECUNDARIA Y SUPERIOR -A EXCEPCIÓN DE LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA- DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, O SUS DENOMINACIONES EQUIVALENTES, HECHO EN MADRID EL 23 DE FEBRERO DE 2017.

El Acuerdo entre el Reino de España y la República Argentina sobre reconocimiento mutuo de títulos y certificados de estudios de Educación primaria, secundaria obligatoria y post obligatoria y Educación superior no universitaria del Reino de España y los niveles de Educación primaria, secundaria y superior -a excepción de la educación universitaria- de la República Argentina, o sus denominaciones equivalentes, hecho en Madrid el 23 de febrero de 2017, entró en vigor el 27 de diciembre de 2018, en la fecha de recepción de la última notificación por vía diplomática, por la que las Partes se comunicaron recíprocamente el cumplimiento de los procedimientos jurídicos internos necesarios, según se establece en su artículo XII.

Se completa así la inserción efectuada en el “Boletín Oficial del Estado” número 62, de 14 de marzo de 2017.

Madrid, 9 de enero de 2019.-El Secretario General Técnico, José María Muriel Palomino.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El Supremo descarta declarar nula por abusiva la cláusula hipotecaria de IRPH de manera general
  2. Estudios y Comentarios: Yo, Pedro, te absuelvo; por Javier Gómez de Liaño, abogado
  3. Estudios y Comentarios: Europa está amenazada: reaccionemos; por Araceli Mangas Martín, catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense y académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas
  4. Estudios y Comentarios: ¿Son homicidios las muertes de la dana?; por Margarita Martínez Escamilla, catedrática de Derecho Penal de la Universidad Complutense de Madrid
  5. Tribunal Supremo: El tipo de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los trabajadores de una sociedad integrada en un grupo empresarial, al que presta servicios en exclusiva, debe ser el de su propia actividad económica
  6. Legislación: Subvención por razones de interés público, social, económico y científico para la organización del South Summit España 2025
  7. Estudios y Comentarios: El vaciamiento de la democracia; por Nicolás Sartorius, abogado
  8. Tribunal Supremo: Establece el TS cuándo se puede incluir como vacante el puesto de trabajo desempeñado por personal laboral, en la convocatoria de pruebas selectivas para cubrir la plaza con carácter definitivo
  9. Legislación: Subvenciones para la obtención de permisos de conducción de las clases C y D
  10. Tribunal Supremo: Es nula la sanción disciplinaria impuesta por la comisión de una falta muy grave si no se comunica de forma expresa al trabajador la fecha de efectos

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana