MADRID, 13 (EUROPA PRESS)
Es la primera vez que se facilita al ciudadano unas tablas relativas al tiempo de duración de los procesos judiciales. La información se expresa en meses, tanto por órgano y orden jurisdiccional, como por año, tipo de procedimiento o materia y ámbito geográfico.
Según informa el CGPJ en un comunicado, estos cuadros informativos han sido elaborados por el servicio de Estadística Judicial a partir de la estimación de la duración media de los procesos judiciales concluidos cada año, independientemente de cuál haya sido la forma de terminación. Para efectuar el cálculo del plazo medio estimado, se ha utilizado un modelo matemático a partir de las cifras de asuntos ingresados, resueltos y en trámite al comienzo de cada periodo en cada órgano judicial.
Con la publicación de estos datos, correspondientes a los últimos 10 años, el órgano de gobierno de los jueces cumple con uno de los compromisos adquiridos en el convenio de colaboración suscrito el pasado 7 de septiembre con Transparencia Internacional España, que tiene como objetivo profundizar en la política de transparencia en la Justicia iniciada por el órgano de gobierno de los jueces desde el inicio del actual mandato.
FACTORES QUE ALTERAN LA DURACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS
Por otro lado, las tablas también incluyen información correspondiente a la movilidad del personal dentro del órgano judicial o la aplicación de medidas de refuerzo, entre otros. El CGPJ explica que estos aspectos se deben tener en cuenta por la influencia que esas variables tienen sobre la duración de los procedimientos.
"De hecho, es previsible que los tiempos de respuesta sean más largos en los juzgados y tribunales con mayor movilidad del personal adscrito a los mismos y que, por el contrario, mejoren cuando el órgano judicial cuenta con una medida de refuerzo y tiene estabilidad en su composición", apostilla en el comunicado.
Asimismo, apunta que el plazo de resolución de los procesos judiciales también puede verse afectado en función de la existencia de factores externos, como pueden ser la complejidad de los asuntos, la entrada extraordinaria de determinados procedimientos, los efectos de la crisis económica o las reformas procesales.
Así, por ejemplo, el comunicado destaca que, en los juzgados de instrucción y en los de primera instancia e instrucción, el tiempo estimado de resolución de los asuntos será diferente según se trate de diligencias previas, diligencias urgentes, "Habeas Corpus", juicios de faltas, juicios de faltas rápidos, juicios sobre delitos leves, juicios sobre delitos leves de señalamiento rápido, procedimientos con Jurado, procedimientos abreviados, resto de juicios sobre delitos leves, resto de juicios de faltas o sumarios.