REAL DECRETO 1266/2018, DE 8 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 355/2018, DE 6 DE JUNIO, POR EL QUE SE REESTRUCTURAN LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES
El artículo 2.2.j) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, establece que corresponde al Presidente del Gobierno la creación, modificación y supresión, por Real Decreto, de los Departamentos Ministeriales, así como de las Secretarías de Estado.
En su virtud, a propuesta del Presidente del Gobierno,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Real Decreto 355/2018, de 6 de junio , por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.
El apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, queda redactado como sigue:
“2. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores.
b) La Secretaría de Estado para la Unión Europea.
c) La Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe.
d) La Secretaría de Estado de la España Global.”
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Queda derogado el Real Decreto 998/2012, de 28 de junio , por el que se crea el Alto Comisionado del Gobierno para la Marca España y se modifica el Real Decreto 1412/2000, de 21 de julio, de creación del Consejo de Política Exterior, y cuantas disposiciones de igual o menor rango se opongan a lo establecido en este real decreto.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.