VIGO, 14 Jun. (EUROPA PRESS) -
Según ha confirmado el abogado de una parte de los denunciantes, Antonio Salceda, el TS desestima el recurso de casación que Construcuatro había interpuesto contra la sentencia del TSXG que daba la razón a los propietarios. Así, la empresa deberá abonar la multa impuesta en su día por vía administrativa, devolver el dinero a los compradores y, además, tiene prohibido participar en promoción de vivienda pública en Galicia durante 6 años.
Salceda ha explicado que, junto a sus defendidos, trabajará ahora en la ejecución de la sentencia y, aunque ha expresado su esperanza de que los denunciantes puedan cobrar antes de un año, ha reconocido que será complicado.
En todo caso, ha hecho un llamamiento a la administración autonómica y a las instancias judiciales para que los 30 vecinos que denunciaron el cobro de esos sobreprecios "sean los primeros" en recuperar su dinero. A ese respecto, ha recordado que, en la causa, figuran 62 afectados, de los que solo una treintena decidió denunciar ante la Justicia.
12 AÑOS DE LITIGIO
Este procedimiento se inició a raíz de una denuncia interpuesta a finales de 2006 por dos afectados, que pusieron al descubierto el cobro de sobreprecios por parte de Construcuatro, a través de intermediarios, que justificaban en base a supuestas mejoras en los pisos protegidos que vendían en Navia.
Ese dinero, entre 10.000 y 35.000 euros, según los casos, no figuraba ni en el contrato de venta ni en la escritura de los inmuebles, sino que era una especie de 'pago en negro'. La propia empresa, aunque negó los hechos, reconoció implícitamente los pagos, ha señalado Antonio Salceda, al realizar posteriormente una declaración complementaria a Hacienda, "para eludir el delito fiscal".
Aunque la denuncia fue archivada por la vía penal, al considerar el juzgado que no había indicios suficientes de engaño, la Xunta impuso una sanción ya que, según ha recordado el abogado, "la ley es clara y taxativa: no se puede cobrar sobreprecio en un piso protegido por ningún motivo".
Construcuatro recurrió esta sanción, pero el TSXG confirmó la multa de casi 2,5 millones y la obligación de devolver 1,2 millones cobrados indebidamente a los compradores. La empresa recurrió en casación ante el Supremo, pero éste acaba de pronunciarse, y ratifica la resolución el alto tribunal gallego, 12 años después de que se iniciase todo el proceso.