SEVILLA, 6 Jun. (EUROPA PRESS) -
En la sentencia, el tribunal condena al acusado por un delito de hurto agravado a dos años y medio de prisión y el pago de una indemnización de 128.218,30 euros a la empresa propietaria del oleoducto, absolviéndolo de los delitos de riesgo catastrófico o manipulación no autorizada de productos químicos y de organización o grupo criminal por los que también había sido juzgado. La Audiencia, asimismo, absuelve a otras tres personas que fueron enjuiciadas por estos hechos.
El órgano judicial considera probado que a mediados de 2010, dos o tres personas de nacionalidad extranjera, entre las que se encontraba el condenado, alquilaron verbalmente parte de una finca rústica situada en la localidad de Marchena, en la antigua carretera que une este municipio con Fuentes de Andalucía.
Una vez en posesión del terreno arrendado, el condenado, "o personas bajo sus órdenes", se sirvieron de su libre acceso a él para efectuar una perforación en el punto kilométrico 113,023 de la tubería del oleoducto Rota-Zaragoza, "consiguiendo así extraer grandes cantidades de gasóleo" que, mediante válvulas y mangueras de alta presión, introducían en contenedores de plástico de mil litros que posteriormente transportaban en camiones para su venta a terceros.
Según el tribunal, esta actividad se mantuvo desde fecha no determinada hasta el 21 de noviembre de 2011, y con ella el condenado obtuvo en su beneficio no menos de 80.000 litros de gasóleo valorados en 52.000 euros, ocasionando daños en el oleoducto que han sido tasados en 76.218,30 euros.
La Audiencia pone de manifiesto que el condenado "adquirió personalmente parte del material empleado para la sustracción del combustible" en dos empresas a las que adquirió 50 contenedores de mil litros y 600 metros de manguera y elementos de conexión.
Descubierta y solventada el 21 de noviembre de 2011 la perforación en el término municipal de Marchena, el 14 de febrero de 2012 se localizó una perforación y sustracción de combustible por procedimientos similares en el oleoducto Arahal-Almodóvar de la misma empresa, ubicado en Paradas, "sin que conste que ninguno de los acusados interviniera en estos hechos". En este oleoducto, la cantidad de gasóleo sustraída se estima en 10.651 litros y su valor en 7.242,68 euros.
En la sentencia, que ha sido recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, el tribunal destaca que otros hechos del mismo tipo e igual o parecido 'modus operandi' fueron descubiertos en octubre y noviembre de 2011 en sendas conducciones de esta empresa en Gelves y Campanillas (Málaga).
La Audiencia, asimismo, manifiesta que "la valoración de la prueba desarrollada determina que no sea posible atribuir responsabilidad alguna en los hechos enjuiciados" a los otros tres varones que fueron acusados, "ni a título de autores, ni al de cómplices que les atribuye subsidiariamente la acusación particular", por lo que los absuelve de todos los delitos.