Diario del Derecho. Edición de 14/05/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 16/06/2016
 
 

Juzgado de lo Contencioso número 11 de Madrid

Se archiva el procedimiento sobre la entrada de banderas 'esteladas' en la final de la Copa del Rey

16/06/2016
Compartir: 

El Juzgado de lo Contencioso número 11 de Madrid ha archivado el procedimiento por el que suspendió la orden de la Delegación del Gobierno de Madrid y permitió la entrada de banderas 'esteladas' en el estadio Vicente Calderón durante la final de Copa del Rey entre el FC Barcelona y el Sevilla FC, recordando que este partido se celebró sin incidentes.

MADRID, 15 (EUROPA PRESS)

En un auto, el juez declara terminada por pérdida sobrevenida el procedimiento por protección de los derechos fundamentales y desestima la cuestión de inadmisibilidad planteada por la Abogacía del Estado, una decisión sobre la que cabe recurso en el plazo de quince días.

En la resolución, el juez estima que la circunstancia de que se celebrara el partido de fútbol sin que existiera impedimento alguno a la entrada de las banderas incide sobre el objeto del proceso contencioso-administrativo, privándolo de interés legítimo, al haber sido plenamente satisfecha la pretensión ejercitada y sin que la orden impugnada tuviera eficacia jurídica real.

El 20 de mayo, a dos días de la final que ganó el FC Barcelona, el juez estimó parcialmente el recurso planteado por la asociación Drets, en nombre de aficionados del club blaugrana, y en contra del criterio de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, que se alinearon con la Delegación del Gobierno para, en virtud de la Ley del Deporte, respaldar el veto a este símbolo identificado con las pretensiones independentistas en Cataluña.

El juez justificó la exhibición de estas banderas al amparo de la libertad de expresión. "Sólo los ciudadanos, y no las Administraciones e Instituciones, son los titulares de los derechos fundamentales. De ahí que haya que diferenciar el uso de banderas y símbolos por las Administraciones Publicas e Instituciones Públicas Organismos públicos, de cuando hacen ostentaciones de ellas los ciudadanos", sostuvo.

Una libertad de expresión, continúa, que puede ser sometida a restricciones previstas por el legislador, pero no en este caso concreto al entender el juez que mostrar 'esteladas' en un recinto deportivo no manifiesta un sentimiento o ideología que pueda, "en principio", constituir o generar violencia, racismo, xenofobia o intolerancia en el deporte.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El Gobierno remite al Congreso la mayor reforma de la Carrera Judicial en 40 años
  2. Estudios y Comentarios: La última oportunidad de Europa; por Javier Tajadura Tejada, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco
  3. AN, TSJ, AAPP: Se reconoce la pensión de viudedad a la mujer de un trabajador que falleció durante el periodo de excedencia voluntaria
  4. Actualidad: El Constitucional anula la condena al autor de la web del 'Tour de la Manada'
  5. Estudios y Comentarios: Las malversaciones para financiar el Referéndum del 1-O; por Enrique Gimbernat, Catedrático emérito de Derecho penal de la Universidad Complutense de Madrid
  6. Actualidad: El TS rechaza la petición de indagar en el rescate de Air Europa: "No consta indicio" en el caso contra Ábalos
  7. Tribunal Supremo: No es posible reconocer, una vez finalizada la situación de incapacidad laboral, el derecho a percibir el importe económico derivado de la consolidación de un nuevo trienio durante la situación de IT
  8. Tribunal Supremo: El auto de medidas cautelares no es equiparable a una sentencia de incapacitación como presupuesto legal para exigir el dictamen favorable de dos facultativos que acrediten la capacidad para otorgar testamento del declarado incapaz
  9. Actualidad: El TC desestima los recursos del PP y confirma su decisión de apartar a Macías del debate de la amnistía
  10. Actualidad: El Supremo respalda la sanción de la Junta a una operadora de telefonía e Internet por "imponer" la factura electrónica

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana