Diario del Derecho. Edición de 29/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 29/06/2015
 
 

Ciclo de educación infantil

29/06/2015
Compartir: 

Decreto Foral 37/2015, de 11 de junio, por el que se modifica el Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo, por el que se regula el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Foral de Navarra y se establecen los requisitos que deben cumplir los centros que lo imparten, así como los contenidos educativos del mismo (BON de 26 de junio de 2015). Texto completo.

DECRETO FORAL 37/2015, DE 11 DE JUNIO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO FORAL 28/2007, DE 26 DE MARZO, POR EL QUE SE REGULA EL PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS CENTROS QUE LO IMPARTEN, ASÍ COMO LOS CONTENIDOS EDUCATIVOS DEL MISMO.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Estando próximo a finalizar el período transitorio establecido por el Decreto Foral 72/2012, de 25 de julio, por el que se modifica el Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo Vínculo a legislación, por el que se regula el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Foral de Navarra y se establecen los requisitos que deben cumplir los centros que lo imparten, así como los contenidos educativos del mismo, y habiéndose constatado la conveniencia de mantener los requisitos físicos y ratios máximas a que se deben sujetar los titulares de centros que impartan durante el curso 2015/2016 el primer ciclo de Educación Infantil, procede prorrogar por un año más el citado régimen.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, visto el preceptivo informe del Consejo Escolar de Navarra y de la Comisión Foral de Régimen Local, de acuerdo con el Consejo de Navarra y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día once de junio de dos mil quince,

DECRETO:

Artículo único.-Adición de una disposición transitoria al Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo Vínculo a legislación, por el que se regula el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Foral de Navarra y se establecen los requisitos que deben cumplir los centros que lo imparten, así como los contenidos educativos del mismo.

Se añade una disposición transitoria al Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo Vínculo a legislación, con el siguiente contenido:

“Disposición transitoria única.-Requisitos físicos y ratios para el curso académico 2015/2016.

1. Los requisitos físicos que deberán reunir los centros que impartan durante el curso 2015/2016 el primer ciclo de Educación Infantil serán los ya establecidos en la disposición transitoria primera del Decreto Foral 72/2012, de 25 de julio, por el que se modifica el Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo Vínculo a legislación, por el que se regula el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Foral de Navarra y se establecen los requisitos que deben cumplir los centros que lo imparten, así como los contenidos educativos del mismo.

2. El número máximo de niños o niñas por unidad en los centros que impartan durante el curso 2015/2016 el primer ciclo de Educación Infantil será ya el establecido en la disposición transitoria segunda del Decreto Foral 72/2012, de 25 de julio, por el que se modifica el Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo Vínculo a legislación, por el que se regula el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Foral de Navarra y se establecen los requisitos que deben cumplir los centros que lo imparten, así como los contenidos educativos del mismo.”

Disposición final única.-Entrada en vigor.

El presente Decreto Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana