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Premios “Rosa Regás”

22/04/2015
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Resolución de 14 de abril de 2015, de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se convocan los premios “Rosa Regás” a materiales curriculares que promuevan la igualdad entre hombres y mujeres en educación y que destaquen por su valor coeducativo, en su IX edición correspondiente al curso 2014-2015 (BOJA de 21 de abril de 2015). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 14 DE ABRIL DE 2015, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PARTICIPACIÓN Y EQUIDAD, POR LA QUE SE CONVOCAN LOS PREMIOS “ROSA REGÁS” A MATERIALES CURRICULARES QUE PROMUEVAN LA IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES EN EDUCACIÓN Y QUE DESTAQUEN POR SU VALOR COEDUCATIVO, EN SU IX EDICIÓN CORRESPONDIENTE AL CURSO 2014-2015.

Mediante Orden de 24 de enero de 2012, de la Consejería de Educación (BOJA núm. 29, de 13 de febrero), se regula la concesión de los premios “Rosa Regás” a materiales curriculares que destaquen por su valor coeducativo.

La citada Orden de 24 de enero de 2012 establece, en su Disposición adicional segunda, la delegación de competencias en la persona titular de la Dirección General competente en materia de convivencia e igualdad para convocar los premios mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

De conformidad con sus atribuciones, esta Dirección General de Participación y Equidad,

R E S U E L V E

Primero. Convocatoria.

Efectuar la convocatoria de la IX edición de los premios “Rosa Regás”, correspondiente al curso 2014-2015, a materiales curriculares que destaquen por su valor coeducativo, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 24 de enero de 2012.

Segundo. Modalidades de los premios.

Modalidad A. Premios destinados a materiales curriculares inéditos, no publicados, presentados y realizados por el profesorado de los niveles no universitarios, que a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes se encuentren prestando servicios en centros públicos cuya titularidad corresponda a la Consejería competente en materia de educación de la Junta de Andalucía, que sea responsable de su autoría.

La forma de participación en esta modalidad A podrá ser individual o en equipo. En el caso de participación en equipo, cada uno de sus miembros tendrá igualmente la condición de persona beneficiaria, debiendo cada uno de ellos cumplir los requisitos establecidos en el artículo 7 y aportar la documentación a que se refiere el artículo 12.2 de la Orden de 24 de enero de 2012.

Modalidad B. Premios destinados a materiales curriculares que hayan sido publicados por las editoriales, las empresas del sector editorial y las instituciones públicas o privadas domiciliadas en Andalucía o que operen en su ámbito territorial, así como las Universidades andaluzas, a las que se refiere el artículo 4.b) de la Orden de 24 de enero de 2012, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 7 y aportando la documentación expuesta en el artículo 12.5 de la misma Orden.

Tercero. Plazo de presentación de candidaturas.

El plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria será de 30 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Premios.

La cuantía económica global para los premios de la modalidad A asciende para esta convocatoria a un total de 5.750 euros que se imputará a la aplicación presupuestaria 487.10.54C.

Las Publicaciones premiadas en la modalidad B recibirán un distintivo que las acredite como “material premiado por su valor coeducativo”.

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