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TJUE

La justicia europea rechaza petición de España de paralizar la recuperación

13/03/2015
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El Tribunal General de la UE ha desestimado este jueves la petición de España de paralizar de forma cautelar el último expediente de la Comisión que le obliga a recuperar las ayudas fiscales concedidas a multinacionales por la compra de empresas extranjeras, en el marco de un régimen fiscal aprobado por el Gobierno de Mariano Rajoy en marzo de 2012.

BRUSELAS, 12 Mar. (EUROPA PRESS) -

La decisión afecta a "importantes cantidades pendientes de ser ingresadas en la Hacienda Pública, y concierne a un centenar de empresas en cuanto beneficiarios potenciales de las pretendidas ayudas", según se recoge en un auto hecho público por el Tribunal, que no da más precisiones sobre cantidades o identidad de las compañías.

La justicia europea ha dictaminado que "no concurre el requisito relativo a la urgencia, necesario para la adopción de dichas medidas" cautelares. El fallo asegura que España no ha logrado demostrar que "sufriría de manera inminente un perjuicio grave e irreparable".

El auto del Tribunal General se refiere únicamente a las medidas cautelares y no entra en el fondo del asunto. En los próximos meses, la justicia europea deberá decidir si revoca el expediente de Bruselas, como ya ha hecho en dos casos anteriores, o ratifica la obligación de devolver las ayudas.

El régimen en cuestión permite a las empresas deducir de la base imponible del impuesto de sociedades el fondo de comercio financiero derivado de la adquisición indirecta de participaciones en sociedades extrajeras y se adoptó para la adquisición de la compañía telefónica brasileña Vivo por parte de Telefónica. Bruselas lo declaró ilegal en octubre de 2014 por considerar que otorgaba a las empresas beneficiarias una ventaja económica selectiva y ordenó la recuperación de las ayudas ya concedidas.

España alegaba en su recurso que el propio Tribunal General de la UE ya ha tumbado dos decisiones anteriores de la Comisión y ha avalado el régimen fiscal español que concede ventajas fiscales a las empresas españolas que adquieren sociedades extranjeras, lo que permitiría aventurar que este tercer expediente también será anulado.

El Gobierno había argumentado que la recuperación de las presuntas ayudas obligaría a la administración tributaria española a movilizar un número importante de efectivos, entre ellos sus funcionarios más cualificados, que en vez de luchar contra el fraude fiscal perderían numerosas horas de trabajo en una acción que a su juicio era contraria al derecho de las ayudas estatales.

Si se exigiera la recuperación de las cantidades relacionadas con las deducciones controvertidas y posteriormente se anulara el tercer expediente de la Comisión, la administración española debería devolver esas cantidades al cabo de unos años, debiendo abonar los intereses correspondientes, lo que según el Gobierno ocasionaría un "perjuicio evidente".

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