Diario del Derecho. Edición de 07/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 23/12/2014
 
 

No hay banquillos a la medida; por Joan J. Queralt, Catedrático de Derecho Penal en la Universidad de Barcelona

23/12/2014
Compartir: 

El día 23 de diciembre de 2014, se ha publicado en el diario El País, un artículo de Joan J. Queralt, en el cual el autor opina que políticamente, sea cual sea el desenlace, la situación de la Infanta, como Infanta, se antoja insostenible, pues está procesada nada menos que por un delito detestable: cooperación en delito fiscal.

Sentarse en el banquillo es siempre incómodo. Más cuando se es una persona regia y, hasta ahora, no hay banquillos a la medida. Sin embargo, como dijo el padre de la acusada, “todos somos iguales ante la ley”. Lo que parecía una boutade lleva camino de convertirse en una aplastante realidad. Sinceramente, ¿quién hace tres años, dos años, un año, tres meses, un mes, hubiera dicho que la infanta Cristina se sentaría en el banquillo de los acusados, como cooperadora necesaria en dos delitos fiscales, por importe superior a dos millones de euros?

Ahora se iniciará una batalla procesal pública y, acaso, otra política y privada. Aunque no hay fundamento legal para recurrir el auto, la defensa de la Infanta, apoyada con seguridad por el fiscal del caso, lo va a intentar. No hay margen legal para admitir un recurso que la ley excluye expresamente. Habrá que esperar a que siente en el banquillo y que, en las llamadas cuestiones previas, el tema se vuelva a suscitar, con idénticos apoyos que para sí querrían todos los justiciables. Entonces veremos el nulo efecto de las hipotéticas gestiones subterráneas.

Con el Estado de derecho en la mano, pese a lo maltrecho que en ocasiones aparece, la Infanta tiene pocas posibilidades de no verse sometida a juicio. La doctrina Botín se creó para un caso concreto y sin base legal. En esencia, convierte el delito fiscal, pese a afectar al interés general, en un delito particular, pues impide a la acusación popular ejercer la acusación si no la ejercen ni el Abogado del Estado ni fiscalía. La doctrina Atutxa, que la enmendó, vino a reconocer algo más que un error. Dejémoslo aquí. Ocasión habrá para volver sobre el tema.

Con la legislación en la mano se imponen dos cosas, según lo veo. Procesalmente, dada además la doble acusación por responsabilidad civil a título lucrativo, la del fiscal y la de la acusación popular, por algo más de dos millones de euros, podría aliviar su situación un pacto con las acusaciones; así, reconocer los hechos, abonar lo que haya de abonar y recibir una pena benigna, no sería una mala solución: el caso no sería sometido al escrutinio de un juicio oral y público. Políticamente, sea cual sea el desenlace, la situación de la Infanta, como Infanta, se antoja insostenible, pues está procesada nada menos que por un delito detestable: cooperación en delito fiscal. Cuanto más se aplace lo que desde fuera parece inevitable, mayor será el desgaste y el descrédito. Una retirada oportuna, dejando el orgullo de lado, no es nunca una mala solución.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: La nulidad de pleno derecho del acto administrativo no afecta a su eficacia y ejecutividad, por lo que el particular afectado por el acto nulo debe reaccionar frente al mismo si no quiere soportar sus efectos
  2. Actualidad: El TEDH descarta que el Tribunal Supremo vulnerara los derechos de Turull, Junqueras y Sànchez
  3. Estudios y Comentarios: La amnistía y el Tribunal Constitucional (I); por Ramón Trillo, expresidente de Sala del Tribunal Supremo
  4. Estudios y Comentarios: La explotación política de la inmigración; por Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado
  5. Tribunal Supremo: El éxito de la acción de desahucio por precario entre coherederos no queda impedido por la circunstancia de que el demandado, poseedor en exclusiva, sea titular de la cuota mayoritaria en la comunidad hereditaria
  6. Actualidad: El TS resolverá si los padres pueden pelear en los tribunales la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad
  7. Actualidad: La Audiencia Nacional acuerda investigar los pagos en metálico del PSOE a Ábalos y Koldo García
  8. Legislación: Medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico
  9. Tribunal Supremo: Para beneficiarse de la reducción del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones por transmisión de participaciones de una empresa familiar, basta con disponer de un local afecto a una actividad y contar con un trabajador contratado a jornada completa
  10. Actualidad: El TS inadmite el recurso de la exabadesa por no inscribir los monasterios de Derio y Belorado como asociaciones civiles

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana