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Premios Andalucía de Periodismo

30/09/2014
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Orden de 22 de septiembre de 2014, por la que se modifica la Disposición adicional única de la Orden de 14 de julio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de los Premios Andalucía de Periodismo, y se efectúa la convocatoria para 2014 (BOJA de 29 de septiembre de 2014). Texto completo.

ORDEN DE 22 DE SEPTIEMBRE DE 2014, POR LA QUE SE MODIFICA LA DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA DE LA ORDEN DE 14 DE JULIO DE 2014, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS ANDALUCÍA DE PERIODISMO, Y SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA PARA 2014.

La Orden de 14 de julio Vínculo a legislación de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de los Premios Andalucía de Periodismo, y se efectúa la convocatoria para 2014, después de la correspondiente tramitación administrativa, fue publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de fecha 22 de julio de 2014.

El artículo 7 de la citada Orden, en su apartado 6 señala que “el plazo para la presentación de las solicitudes, que no será inferior a diez días ni superior a treinta, se fijará en la convocatoria para cada ejercicio”. Y la Disposición adicional única, que se refiere exclusivamente a la convocatoria para el ejercicio 2014, dispone que el plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria será de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Vínculo a legislación.

Con la finalidad de evitar interpretaciones discrepantes sobre la redacción de ambos apartados, resulta procedente dictar el correspondiente acto administrativo por el que se modifique expresamente el contenido de la Disposición adicional, de idéntica naturaleza jurídica, con la finalidad de que contenga idéntica dicción que la fijada en las propias bases reguladoras. Dicha modificación se debe realizar respetando aquellas solicitu- des que fueran presentadas desde la inicial publicación oficial de la Orden y facilitando la presentación de solicitudes desde la publicación oficial de la presente Orden, de manera que ningún posible interesado en presentarlas resulte perjudicado, y con el objetivo de la máxima difusión posible de la convocatoria.

En su virtud, a propuesta de la Secretaría General de la Oficina del Portavoz del Gobierno, de acuerdo con las facultades que me confiere el artículo 44.2 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el artículo 26 Vínculo a legislación de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Artículo único. Modificación del apartado 4 de la Disposición adicional única de la Orden de 14 de julio Vínculo a legislación de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de los Premios Andalucía de Periodismo, y se efectúa la convocatoria para 2014.

Se modifica el apartado 4 de la Disposición adicional única de la Orden de 14 de julio Vínculo a legislación de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de los Premios Andalucía de Periodismo, y se efectúa la convocatoria para 2014, que pasa a tener la siguiente redacción:

“4. El plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria será de treinta días, desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Vínculo a legislación.”

Disposición adicional única. Solicitudes presentadas y plazos.

1. Las solicitudes que se hubieran presentado en el plazo a que se refería el apartado 4 de la Disposición adicional que se modifica, en su redacción anterior, serán tenidas en cuenta sin necesidad de realizar una nueva presentación.

2. Se iniciará un nuevo plazo de treinta días a partir de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Vínculo a legislación, por razones de seguridad jurídica.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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