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Dice que es "perjudicial" para la Agencia Tributaria

La Abogacía del Estado recurre la suspensión del ingreso en prisión de Carlos Fabra mientras se tramita el indulto

25/09/2014
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La Abogacía del Estado, al igual que hizo el ministerio fiscal, ha presentado un recurso de súplica contra el auto de la Audiencia de Castellón por el que se acordó la suspensión de la ejecución de la pena de cuatro años de prisión impuesta al expresidente provincial del PP y de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, mientras se tramita y resuelve la petición de indulto, al considerar que dicho auto es "contrario a derecho" y "perjudicial" para la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

CASTELLÓN, 24 (EUROPA PRESS)

La abogada del Estado alega en su recurso que aunque el auto de condena asegura que la eventual concesión del indulto, siquiera parcial, evidencia que, de no accederse ahora a la suspensión, se podría frustrar el efecto que pudiera acarrear la concesión hipotética de la medida de gracia solicitada, no explicita cuáles son las razones que conducen a alcanzar esta conclusión, "por lo que difícilmente puede esta parte discutir tales razones".

No obstante, argumenta que si ello obedece a la valoración de la duración de la condena impuesta, no se trata de una pena de corta duración y, por ello, "un eventual indulto cumpliría plenamente su finalidad aunque hubiera comenzado a ejecutarse la pena". Recuerda que la Sala ha denegado la suspensión ante penas de duración bastante inferiores a la de este caso.

Respecto a las demás circunstancias, la abogada del Estado asegura que es cierto que el penado carece de antecedentes penales, pero advierte de que no debe perderse de vista que en la sentencia que ha dado lugar a esta ejecutoria no ha recaído condena por un solo delito, sino por cuatro delitos contra la Hacienda Pública distintos.

Así, se argumenta que los delitos cometidos, no sólo por la propia naturaleza defraudatoria y la gravedad desaconsejan la suspensión, sino que la reiteración durante varios ejercicios en el mismo delito debe de ser un "hecho relevante" a tomar en consideración, por más que no cuente el penado con antecedentes penales.

RESPONSABILIDADES PENALES

En relación a las responsabilidades penales, la Abogacía del Estado discrepa de la valoración que efectúa la Sala del comportamiento del penado, "pues ningún esfuerzo se ha hecho para reparar el daño causado a la Hacienda Pública", y señala que la manifestación expresa de Carlos Fabra respecto a su voluntad de atender el pago de las responsabilidades civiles no pasa de ser una "mera declaración de intenciones, no acompañada por ningún hecho demostrativo de esa voluntad".

Según la abogada del Estado, lo único que hace el penado es adoptar una actitud "pasiva" y solicitar facilidades para demorar la restitución de las cantidades eludidas a la Hacienda Pública, al margen de que su petición de fraccionamiento no ha sido expresamente admitida por la Sala previa audiencia del perjudicado y una vez comprobado que su patrimonio no es suficiente para satisfacer de una vez las responsabilidades pecuniarias, por lo que el requerimiento de pago efectuado el 3 de septiembre "conserva toda su vigencia, sin que haya conocimiento de ingreso de cantidad alguna en la cuenta del órgano judicial".

Así mismo, en el recurso se alega que la existencia de los avales que se presentan al órgano judicial "en nada asegura el pago de las responsabilidades pecuniarias debidas en esta ejecutoria" y, en cualquier caso, no es demostrativa de su voluntad de satisfacer cantidades defraudadas a la Hacienda Pública, "sino más bien de todo lo contrario, y es evitar o al menos retrasar en todo lo posible la restitución de tales cantidades".

Finalmente, la abogada del Estado cree que no es procedente la suspensión de la ejecución de las penas por haberse apreciado en sentencia la atenuante de dilaciones indebidas, "pues por haberse aplicado dicha atenuante, ha quedado debidamente reparada cualquier lesión que hubiera podido producirse en el derecho del penado a un proceso sin dilaciones indebidas". De esta forma, se alega que la concesión en este momento de la suspensión de la ejecución de la pena supone que se vea "doblemente beneficiado" por las dilaciones.

La Abogacía del Estado pide que se estime su recurso y se revoque la suspensión de la ejecución de las penas de prisión impuestas a Carlos Fabra.

Por su parte, el abogado de la Unión de Consumidores, que ejerce la acusación popular, Francisco de Antonio, ha anunciado que se adherirá a los recursos del ministerio fiscal y de la Abogacía del Estado.

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