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Bandera de la Policía de la Generalidad - Mozos de Escuadra

22/04/2014
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Decreto 53/2014, de 15 de abril, de la bandera de la Policía de la Generalidad - Mozos de Escuadra (DOGC de 21 de abril de 2014). Texto completo.

DECRETO 53/2014, DE 15 DE ABRIL, DE LA BANDERA DE LA POLICÍA DE LA GENERALIDAD - MOZOS DE ESCUADRA.

El artículo 164.1, letra b), del Estatuto de autonomía de Cataluña, dispone que corresponde a la Generalidad, en materia de seguridad pública, la creación y organización de la Policía de la Generalidad - Mozos de Escuadra.

En este sentido, ya en el año 1983, mediante la Ley 19/1983, de 14 de julio, y en aplicación del artículo 13 del Estatuto de autonomía de 1979, se creó la Policía Autonómica de la Generalidad de Cataluña sobre el núcleo inicial del cuerpo de Mozos de Escuadra.

La Ley 10/1994, de 11 de julio, de la Policía de la Generalidad - Mozos de Escuadra, regula este cuerpo policial como policía ordinaria e integral en Cataluña, a la que corresponde el ejercicio de las funciones que el ordenamiento jurídico atribuye a las fuerzas y cuerpos de seguridad y, en concreto, las funciones de policía de seguridad ciudadana, de policía administrativa y de policía judicial.

El artículo 9.2 de la Ley 10/1994, de 11 de julio, establece expresamente que se tienen que determinar reglamentariamente las normas sobre los uniformes, los distintivos, los saludos y los honores; determinándose mediante el presente Decreto cuál es la bandera de la Policía de la Generalidad - Mozos de Escuadra.

Habiendo culminado el despliegue territorial del cuerpo en Cataluña y después de su consolidación como policía propia de Cataluña, y también como institución histórica del país arraigada a su sociedad, procede la adopción de una bandera propia que la identifique como tal y como garante de la seguridad de nuestro país y de la convivencia pacífica y democrática de la ciudadanía y el orden jurídico vigente.

En este sentido y enlazando con todo lo expuesto, se considera adecuada la adopción de la bandera de Cataluña o senyera incorporando la señal de la Diputación del General (cruz de Sant Jordi).

A propuesta del consejero de Interior, de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora y previa deliberación del Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Bandera de la Policía de la Generalidad - Mozos de Escuadra

La bandera de la Policía de la Generalidad - Mozos de Escuadra es la bandera de Cataluña con la señal de la Diputación del General (cruz de Sant Jordi), con el texto "mossos d'esquadra", de acuerdo con las características que se indican en el anexo 1.

Artículo 2

Guión de la Policía de la Generalidad - Mozos de Escuadra

2.1. El guión de la Policía de la Generalidad - Mozos de Escuadra contiene el escudo de la Generalidad de Cataluña con el texto "mossos d'esquadra" sobre fondo de color azul y, asimismo, la bandera de Cataluña con las barras verticales, de acuerdo con lo que se indica en el anexo 2.

2.2. El guión de la Policía de la Generalidad - Mozos de Escuadra para cada región policial contiene el escudo de la Generalidad de Cataluña con el texto "mossos d'esquadra" y el nombre de la región policial en la parte inferior sobre fondo de color azul y, asimismo, la bandera de Cataluña con las barras verticales, de acuerdo con lo que se indica en el anexo 3.

Disposición final

Este Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Anexos

Omitidos.

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