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Deuda de Navarra

12/02/2014
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Orden Foral 25/2014, de 4 de febrero, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo por la que, al amparo del Acuerdo de Gobierno de 22 de enero de 2014 en que se dispone la realización de operaciones de endeudamiento, se regula la emisión de Deuda de Navarra (BON de 11 de febrero de 2014). Texto completo.

ORDEN FORAL 25/2014, DE 4 DE FEBRERO, DE LA CONSEJERA DE ECONOMÍA, HACIENDA, INDUSTRIA Y EMPLEO POR LA QUE, AL AMPARO DEL ACUERDO DE GOBIERNO DE 22 DE ENERO DE 2014 EN QUE SE DISPONE LA REALIZACIÓN DE OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO, SE REGULA LA EMISIÓN DE DEUDA DE NAVARRA.

El Acuerdo de Gobierno de 22 de enero de 2014, acordó disponer el inicio de las operaciones de endeudamiento contenidas en el artículo 61 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, por un importe máximo de 356.859.711,60 euros. En el momento presente se realiza la 22.ª emisión de obligaciones de la Deuda de Navarra, con vencimiento el 14 de febrero de 2022, por un importe total de 140.000.000 euros.

El citado Acuerdo de Gobierno en el punto 3.º faculta, por delegación, a la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo a fijar el tipo de interés de la emisión. Asimismo, el punto 4.º del mencionado Acuerdo establece que, mediante Orden Foral de dicha Consejera, se concretarán las condiciones de la emisión en lo que hace referencia, entre otras, a la fecha y procedimiento de emisión, período de suscripción y tipo de interés, facultando a dicha Consejera a adoptar las medidas y resoluciones necesarias para la ejecución del mencionado Acuerdo.

En consecuencia,

ORDENO:

Artículo 1.º Características de la emisión.

La emisión de Deuda de Navarra contendrá las siguientes condiciones definitivas:

Importe: 140.000.000 euros.

Instrumentación: Bonos simples, de 1.000 euros de valor nominal cada uno, que se representarán mediante anotaciones en cuenta.

Fecha de emisión: 14 de febrero de 2014.

Amortización: A la par, el 14 de febrero de 2022.

Precio de emisión: 99,795%.

Tipo de interés: Fijo, el 3,587% anual (Act/act).

Pago de cupón: Por anualidades vencidas, el día 14 de febrero de cada año.

Artículo 2.º Aseguramiento de la emisión.

La entidades financieras adjudicatarias asegurarán el importe total de la emisión, para lo que se formalizará el correspondiente contrato.

Artículo 3.º Liquidez.

La Deuda de Navarra cotizará en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.

Artículo 4.º Tratamiento fiscal.

Para los sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas los rendimientos en concepto de intereses estarán sujetos a retención, según la normativa legal vigente. Para las rentas obtenidas por los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades no existirá obligación de retener ni de ingresar a cuenta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 del Decreto Foral 282/1997, de 13 de octubre.

Artículo 5.º Producto y gastos de la emisión.

El producto total de la presente emisión se destinará a la finalidad prevista en el Acuerdo de 22 de enero de 2014 y se aplicará a la partida presupuestaria 112003 11430 9000 000000 del presupuesto de ingresos de 2012 prorrogado para el ejercicio 2014.

Los gastos conexos con la emisión se imputarán al Presupuesto de Gastos de 2012 prorrogado para 2014, a la partida 112003-11430-3010-951100, denominada “Gastos de emisión, modificación y cancelación de deuda pública y otros préstamos”.

Los intereses de la emisión se aplicarán a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos de los ejercicios 2015 al 2022 ambos inclusive, equivalente a la partida 112003 11430 3000 951100 del presupuesto de gastos de 2012 prorrogado para 2014.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden Foral entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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