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Se adjudicaron en 2009

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura anula la adjudicación de 21 emisoras de radio en la comunidad

23/12/2013
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La Sala de lo Contencioso Administrativo estima parcialmente el recurso de Radio Interior y obliga a puntuar de nuevo las frecuencias

CÁCERES, 20 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (Tsjex) ha anulado el concurso por el que se adjudicaron 41 emisoras de radio de frecuencia modulada en esta comunidad autónoma en el año 2009 y obliga a puntuar de nuevo las 21 licencias solicitadas por esta empresa, que no obtuvo ninguna concesión.

De esta forma, la sentencia estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por 'Radio Interior', en el que pedía la nulidad de la adjudicación por considerar que se habían vulnerado sus derechos fundamentales al no obtener ninguna de las licencias solicitadas, explica esta emisora en nota de prensa.

Ahora, la sentencia, recogida por Europa Press, de fecha 19 de diciembre de 2013, anula la Resolución de la Secretaría General de la Presidencia de la Junta de Extremadura, de fecha 13 de agosto de 2009, por la que se adjudicaron provisionalmente estas emisoras privadas de carácter comercial y declara la "retroacción de las actuaciones".

La sentencia considera que el reparto de emisoras no fue "ajustado a Derecho" y accede a la petición de Radio Interior para que se puntúen nuevamente los criterios de programación y pluralidad de la oferta informativa.

La sentencia pone de manifiesto "la falta de motivación del informe del Jefe del Servicio de Prensa al tratar de forma idéntica las distintas ofertas que una misma empresa ha presentado para diferentes frecuencias, así como la falta de motivación suficiente en relación a las puntuaciones otorgadas" y considera que "debería haber estudiado cada una de las propuestas presentadas para cada frecuencia aunque fueran hechas por la misma entidad".

Además, considera que "no puede admitirse que la Administración, que dispone de un órgano técnico para realizar la valoración de las ofertas y de servicios, órganos y técnicos especializados dentro de su estructura, haga dejación de sus funciones para la valoración de los criterios de adjudicación" y sostiene que la empresa autora del informe ofreció "una valoración del pluralismo totalmente desvinculada de las bases de la convocatoria".

La sala indica que al puntuar este apartado se primó "a empresas líder en el sector con el argumento de que es el receptor el que elige y ello garantiza el pluralismo".

Destaca que esta sentencia afecta a la mitad de las concesiones que salieron a concurso, que son cuatro en Plasencia, tres en Cáceres, tres en Badajoz, dos en Don Benito, dos en Navalmoral de la Mata, y una en las ciudades de Almendralejo, Mérida, Villafranca de los Barros, Villanueva de la Serena, Zafra, Coria y Talayuela. Contra la sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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