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En el ejercicio 2003

El expresidente del RCD Mallorca, condenado a dos años de cárcel por defraudar más de 500.000 euros a Hacienda

13/11/2013
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Simuló la compraventa de un terreno entre dos de sus sociedades a fin de disminuir la carga fiscal que pesaba sobre él

PALMA DE MALLORCA, 12 (EUROPA PRESS)

La titular del Juzgado de lo Penal número 6 de Palma, Margarita Beltrán, ha condenado a dos años de cárcel al empresario y expresidente del RCD Mallorca Vicente Grande por defraudar a Hacienda más de 500.000 euros, tras simular la compraventa de un terreno entre dos de sus sociedades a fin de disminuir la carga fiscal derivada de los importantes beneficios que en 2003 obtuvo el acusado procedentes de diversas operaciones de venta.

La sentencia, además de la pena de prisión, impone a Grande una multa de 514.969 euros y le condena a indemnizar a Hacienda con esta misma cantidad, además de impedirle obtener subvenciones o ayudas públicas y gozar de beneficios e incentivos fiscales por un periodo de cuatro años.

Y es que, según pone de manifiesto la jueza en su resolución judicial, la entidad Binilencia, de la que el inculpado es administrador único, percibió en 2003 cuantiosos beneficios a raíz de la enajenación de inmovilizado material, lo que iba a conllevar una importante carga fiscal en el impuesto de sociedades, por lo que ideó una estratagema dirigida a minorar los pagos a Hacienda.

Así, en la tributación de ese ejercicio declaró una base imponible de 1,7 millones de euros y una cuota íntegra de 603.243, ingresando finalmente a Hacienda 42.124 euros. Una deducción que derivaba formalmente de la compraventa de un terreno de Montuïri por parte de Binilencia a la empresa Fagran -perteneciente a su grupo empresarial- y que, según la resolución judicial, era en realidad un mero artificio para encubrir y justificar la deducción efectuada.

Al respecto, la magistrada abunda en que el acusado se sirvió de una operación que tan sólo era "un mero revestimiento formal" que posibilitaba la deducción, pero que "en realidad lo que envolvía era un contrato simulado", lo que fue negado por la defensa del empresario mallorquín.

"Como regla general el negocio simulado se presenta como un negocio ficticio", señala la jueza en sus fundamentos jurídicos, en los que asevera cómo este tipo de simulación, al igual que sucede en este caso, "es una suerte de ocultación que se produce generando la apariencia de un negocio ficticio, realmente no querido, que sirve de pantalla para encubrir el efectivamente realizado en violación de ley".

LA DEFENSA ALEGÓ QUE LA OPERACIÓN FUE "VÁLIDA Y EFICAZ"

Por el contrario, la defensa del inculpado alegó que la compraventa investigada fuese simulada, lamentando el "escaso rigor" de las acusaciones vertidas contra su patrocinado y poniendo de relieve que la operación fue "válida y eficaz", sin que de ella se ocultase nada a la Agencia Tributaria.

No obstante, la jueza recalca que la compraventa "carece de toda lógica comercial" por cuando su "único fin" era producir una transmisión de inmuebles entre entidades vinculadas para así evitar la repercusión fiscal que sería obligada para Binilencia en atención a los beneficios obtenidos en 2003. "Se extrajo, en definitiva, un bien inmueble de una sociedad para ubicarlo en otra pero sin flujo económico alguno", incide la sentencia.

Y en este sentido, la magistrada apunta que "con esa reubicación lo único que se pretende es la minoración de la carga tributaria por una vía que sólo puede calificarse de fraudulenta" y con el propósito "deliberado de obtener un importantísimo y antijurídico ahorro a costa de las arcas públicas".

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