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Modificación del reglamento de procedimiento del Tribunal de Justicia

27/06/2013
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Modificación del reglamento de procedimiento del Tribunal de Justicia (DOUE de 26 de junio de 2013) Texto completo.

Se modifica el artículo 36 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia de 25 de septiembre de 2012 para incluir el croata entre las lenguas de procedimiento.

El Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, de 25 de septiembre de 2012 puede consultarse en el Libro Décimo del Repertorio de Legislación de Iustel.

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 253, párrafo sexto,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, su artículo 106 bis, apartado 1,

Visto el artículo 64, párrafo segundo, del Protocolo sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea,

Considerando que, con la adhesión de la República de Croacia, el croata se convierte en lengua oficial de la Unión Europea y que dicha lengua debe figurar entre las lenguas de procedimiento establecidas por el Reglamento de Procedimiento,

Con la aprobación del Consejo, dada el 7 de junio de 2013,

ADOPTA LA SIGUIENTE MODIFICACIÓN DE SU REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO:

Artículo 1

El artículo 36 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia de 25 de septiembre de 2012, se sustituye por el texto siguiente:

“Artículo 36

Las lenguas de procedimiento serán el alemán, el búlgaro, el checo, el croata, el danés, el eslovaco, el esloveno, el español, el estonio, el finés, el francés, el griego, el húngaro, el inglés, el irlandés, el italiano, el letón, el lituano, el maltés, el neerlandés, el polaco, el portugués, el rumano y el sueco.”.

Artículo 2

1. La presente modificación del Reglamento de Procedimiento se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor al mismo tiempo que el Tratado de adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea.

2. El texto del Reglamento de Procedimiento en lengua croata será adoptado tras la entrada en vigor del Tratado mencionado en el apartado anterior.

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