Diario del Derecho. Edición de 25/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 21/12/2012
 
 

Antonio Domínguez Vila

Democracia real o democracia representativa

21/12/2012
Compartir: 

Ante el debate abierto por el movimiento ciudadano autodenominado 15-M sobre la dialéctica entre democracia representativa y democracia real, presuntamente entendida como democracia directa, he vuelto a leer un antiguo trabajo, pero de sorprendente actualidad, del fallecido catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna, Gumersindo Trujillo, denominado “Elitismo y democracia en la perspectiva de la sociedad industrial” publicado en el libro homenaje al profesor Carlos Ollero “Estudios de Ciencia Política y Sociologia”. Estudiaba el profesor Trujillo en las democracias occidentales representativas, el rol de la denominada minoría gobernante, también denominada élite política, clase política, categoría dirigente, etc. Afirmando que si bien para la doctrina de la ciencia política, unos autores consideran a la minoría gobernante como una categoría autónoma dentro de la sociedad estamental, dentro de la sociedad de clases y otros como un subproducto de la clase social dominante (…)

Antonio Domínguez Vila es Profesor Titular de Derecho Constitucional de la ULL

El artículo fue publicado en El Cronista n.º 31 (octubre 2012)

Ante el debate abierto por el movimiento ciudadano autodenominado 15-M sobre la dialéctica entre democracia representativa y democracia real, presuntamente entendida como democracia directa, he vuelto a leer un antiguo trabajo, pero de sorprendente actualidad, del fallecido catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna, Gumersindo Trujillo, denominado “Elitismo y democracia en la perspectiva de la sociedad industrial” publicado en el libro homenaje al profesor Carlos Ollero “Estudios de Ciencia Política y Sociologia”.

Estudiaba el profesor Trujillo en las democracias occidentales representativas, el rol de la denominada minoría gobernante, también denominada élite política, clase política, categoría dirigente, etc. Afirmando que si bien para la doctrina de la ciencia política, unos autores consideran a la minoría gobernante como una categoría autónoma dentro de la sociedad estamental, dentro de la sociedad de clases y otros como un subproducto de la clase social dominante, el profesor Trujillo consideraba que, en todos los sistemas políticos existe una élite gobernante que desbarata la denominada ilusión democrática de un sistema político perfecto sin clases o el reino de los mejores; sin embargo, es solo en el régimen democrático representativo en el marco del cual, esta minoría gobernante o élite política, encuentra una serie de mecanismos jurídicos constitucionales que la controlan y la hacen responder de su actuación.

Es en la democracia formal que conocemos y que algunos desde su ingenuidad quizás no tan inocente, están poniendo ahora en cuestión, donde se encuentra supervisada y controlada la clase dirigente en virtud del principio de separación de poderes, por un poder judicial realmente independiente y controlada por la ciudadanía por unos mecanismos constitucionales y de legalidad ordinaria de participación ciudadana directa o semidirecta, más o menos eficaces en función de la voluntad de su aplicación por el poder ejecutivo.

Esta minoría gobernante o clase política dirigente, sin embargo no responde siempre al mismo sector o subproducto de una supuesta clase dominante u opresora de las demás, no permanece inmutable, sino que sufre cambios en su composición y en su extracción, proviniendo tanto de las clases o de los estratos sociales afines al poder económico como del aparato de los partidos políticos.

Su objetivo claro es competir por el poder político no luchar exclusivamente por el bienestar de los ciudadanos, con lo que al provenir de diversos estratos sociales, no podemos hablar de una clase dominante o de una minoría gobernante decantada claramente, ya que para Trujillo, por un lado la línea divisoria entre la minoría gobernante y la mayoría dominada no se explica desde la perspectiva de las clases dominantes y las clases oprimidas como una lucha dualista de clases, sino como un juego institucional de traslación de unas a otras de manera cíclica, entendiendo que existe un bloque social dominante y una mayoría social que asiste pasivamente, a los que pugnan por el poder de dicho bloque, participando únicamente en las convocatorias electorales con su voto para inclinar la balanza hacia unos u otros componentes de dicho bloque.

Contemporáneamente, ha ejercido una enorme influencia en la consolidación y perversión de estos mecanismos, el cerrado sistema de partidos burocratizados y “nomenklaturizados” como el que existe en España, producto a su vez de su legislación de desarrollo constitucional y de un sistema electoral falsamente proporcional de listas cerradas y bloqueadas. Ello ha ido conformando una élite política que centra sus esfuerzos en la toma de decisiones con el objetivo de sus propios intereses de perpetuación en el poder como explica la teoría de la “public choice” formulada por Gwartney y Wagner. La dirigencia de esa élite constituida por la de los partidos, a pesar de todo, ha ido perdiendo paulatinamente la capacidad de señalar los objetivos nacionales de interés general, al socaire del desarrollo y posterior desbordamiento del Estado Autonómico, en beneficio de los dirigentes territoriales de los mismos en cada CCAA, que sin excesiva renovación, ocupan los espacios de poder partidario y en las instituciones, con mensajes cada vez mas antiestatales con el fin de competir en el espacio social con los nacionalistas.

Se preguntaba el profesor Trujillo, si existe en los sistemas democráticos una incompatibilidad esencial entre el gobierno del pueblo, por y para el pueblo, con la realidad empírica del carácter minoritario de todo gobierno. Esto es, ¿son conciliables el elitismo y la democracia? Contestando que las minorías dominantes sean un elemento integrante de las democracias, no debe aceptarse como un mal necesario, sino un hecho decisivo para explicar este sistema político; siempre que en las Constituciones se establecieran las suficientes reglas para que el sistema electoral haga aflorar para las funciones políticas a los dirigentes más capaces y más leales; además de los sistemas judiciales de control del ejercicio del poder precisos. No podemos extendernos aquí sobre la necesaria apertura del sistema electoral hacia modelos mas justos que impidan la petrificación de la clase política y la sobrerrepresentación de los partidos con pequeña implantación territorial, ni las reformas necesarias para llevar a cabo la verdadera independencia del poder judicial, como exige la Constitución, sin interferencias del poder político.

... (Resto del artículo) ...

Para consultar el artículo completo suscríbase a El Cronista por 72 € al año y, además de recibir la revista impresa en su domicilio, podrá consultar todos los artículos de años anteriores en soporte electrónico.

Pulse aquí para obtener más información.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana