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Tras la decisión del Supremo

El exjuez Serrano recurrirá ante el Constitucional ante la "conculcación" de derechos fundamentales

02/11/2012
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El exjuez de Familia de Sevilla Francisco Serrano ha anunciado que recurrirá finalmente ante el Tribunal Constitucional (TC) tras conocer que el Tribunal Supremo (TS) ha inadmitido a trámite la petición de nulidad que planteó contra la sentencia que lo condenó a diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación dolosa, por modificar el régimen de visitas de un menor para que saliera en Semana Santa.

SEVILLA, 1 (EUROPA PRESS)

En declaraciones a Europa Press, el exmagistrado ha querido dejar claro que la resolución dictada por el Supremo "no me ha causado sorpresa alguna, dada su previsibilidad en cuanto mero trámite procesal que había de agotar para el planteamiento de la cuestión ante el Tribunal Constitucional".

Así, y en sus primeras declaraciones públicas tras conocer la decisión del Supremo, Francisco Serrano ha puesto de manifiesto que confía "plenamente" en el Tribunal Constitucional "en cuanto garante de derechos fundamentales que me han sido conculcados ante las diversas instancias judiciales que me han juzgado".

Al hilo de ello, el exjuez de Familia ha subrayado que "seguiré por esa vía en la búsqueda para mi causa de la Justicia que durante tantos años y hasta el último de mis actos investido de la potestad jurisdiccional que mi cargo de juez me confirió, he impartido y perseguido sin desfallecer".

LO "VOLVERÍA A REPETIR"

Ha añadido que fue esta "Justicia" la que "presidió mi decisión en el asunto por el que he sido juzgado y condenado, y que volvería a repetir en tantas ocasiones como se me plantearan".

"Es solo el interés del menor el que me ha guiado en todos aquellos casos en los que su presencia ha motivado la petición de tutela judicial", ha concluido el exmagistrado en declaraciones a Europa Press.

El auto del Supremo, conocido este miércoles, rechaza los tres motivos de nulidad planteados por el juez, que había alegado que durante su proceso vio vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva.

LA RESOLUCIÓN DEL SUPREMO

La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, señala que Serrano pudo defenderse de la impugnación realizada por la acusación particular ante el Supremo en su recurso de casación. Esta acción tuvo como consecuencia que la condena de inhabilitación se incrementara de los dos hasta los diez años.

Añade que en este caso se contó además la presencia del acusado en la vista de casación, lo que había sido solicitado por su defensa, y que ello "satisface la necesidad de audiencia establecida en los recientes pronunciamientos de la jurisprudencia".

Además, el Supremo niega haber realizado una revalorización de las pruebas presentadas contra Serrano que supusieran una modificación de los hechos probados que justificaron su condena, "aunque sí se ha efectuado una valoración de la inferencia sobre la concurrencia del tipo subjetivo en el delito de prevaricación". Dicha valoración motivó el aumento de la pena.

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