Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 25/10/2012
 
 

Escuchas

Entre dos y cinco años de cárcel para 12 falsificadores a los que el Supremo ordenó volver a sentenciar

25/10/2012
Compartir: 

El tribunal tiene en cuenta unas escuchas telefónicas realizadas en 2009 por Grande-Marlaska que anuló la Sala Penal de la Audiencia Nacional

MADRID, 24 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Nacional ha condenado a penas de entre dos y cinco años de cárcel a 12 miembros de una red de falsificación de pasaportes desarticulada en Barcelona y Valencia en marzo de 2009 en el marco de la 'operación Fish', a los que el Tribunal Supremo ordenó volver a sentenciar en junio pasado teniendo en cuenta unas intervenciones telefónicas anuladas que propiciarion su absolución.

El alto tribunal ordenó en junio pasado a la Audiencia Nacional que volviera a dictar sentencia contra los acusados, diez de nacionalidad paquistaní, uno nigeriano y otro de la India, al considerar que la Sala de lo Penal no debería haber anulado las escuchas, que habían sido autorizadas por el entonces juez instructor Fernando Grande-Marlaska.

La Sección Primera de la Sala de lo Penal, que ahora preside el propio Grande-Marlaska, quien no ha formado parte del tribunal que ha dictado la nueva sentencia, impone tres años de cárcel a los cabecillas de la trama, los paquistaníes Marc Ghulam Farid, alias 'Tío Moon', y Mohamed Warrak, 'Ladoo', como dirigentes de asociación ilícita y otros dos por un delito continuado de falsedad.

A los otros acusados, que responden a las identidades de Khan Gul Nawaz, Atigur Rehman, Raja Waheed Jarral, Khuram Shahzad, Muhammad Ikram, Ansar Shahzad, Hussain Mushtaq, Muhammad Shoaib, Jangeet Singh y Babatunde Abunidade, se les condena a un año de cárcel por asociación ilícita y otro por el delito de falsedad, también con carácter continuado.

SOSPECHOSOS DE TERRORISMO

Según se recoge en la resolución judicial, de la que ha sido ponente el magistrado Javier Martínez Lázaro, los acusados empezaron a ser investigados porque la Policía sospechaba que podían estar colaborando con la 'Yihad' facilitando pasaportes falsos a miembros de células terroristas islamistas.

Sin embargo, la investigación judicial sólo pudo acreditar que los acusados formaban una organización con centro en Barcelona y radicada en España, Bélgica, Francia, Suiza y Tailandia que se dedicaba a sustraer pasaportes y falsificarlos, bien en España o tras remitirlos al extranjero.

Las intervenciones telefónicas validadas por el Supremo fueron anuladas por la Sala de lo Penal al estimar que su autorización infringió el derecho al secreto de las comunicaciones. El alto tribunal consideró que esta decisión fue "irrazonable" porque Grande-Marlaska intervino las conversaciones de este grupo "con fundamento bastante" y "concurriendo razones de proporcionalidad, necesidad e idoneidad de las observaciones", valorando la gravedad de los hechos objeto de imputación y mencionando los datos más destacados que constaban en el escrito policial.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El nuevo modelo de Registro Civil impulsado por Justicia alcanza ya al 50% de la población
  2. Actualidad: La AN condena al excomisario de Barajas a 5 años de cárcel por dar un trato VIP en el aeropuerto a cambio de regalos
  3. Estudios y Comentarios: Confederal y federal; por Francisco Sosa Wagner, catedrático universitario
  4. Tribunal Constitucional: El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad desestima el Recurso de Inconstitucionalidad del PP y confirma que el País Vasco y Navarra tienen competencia para gestionar el ingreso mínimo vital
  5. Actualidad: Félix Bolaños sitúa la digitalización en el centro de la modernización histórica de la Justicia
  6. Estudios y Comentarios: Una casa sin cimientos; por Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, Académica de Número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España
  7. Tribunal Supremo: En caso de tortura la acreditación de los hechos alegados debe valerse del criterio de la prueba más allá de toda duda razonable
  8. Libros: BLANCO LÓPEZ, M.ª Ángeles: Música y Derecho. La educación musical como medio de integración social y su evolución histórica hacia la configuración de un nuevo Derecho, Iustel, 334 Páginas
  9. Actualidad: El Supremo hace responsable a la banca de restituir anticipos con letras de cambio en la compra de viviendas
  10. Tribunal Supremo: La cesión del coche de empresa no está sujeta al IVA, aunque la empresa se haya deducido parte del Impuesto soportado por la adquisición del vehículo mediante renting

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana