BILBAO, 10 (EUROPA PRESS)
El presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), Juan Luis Ibarra, cree que la Gran Sala del Tribunal europeo de Derechos Humanos confirmará la resolución emitida este verano por este tribunal en relación a la denomina 'Doctrina Parot'. En este sentido, ha recordado que el porcentaje de decisiones revisadas es "mínimo".
En una entrevista concedida a Radio Euskadi, recogida por Europa Press, ha defendido, además, que los presos con enfermedades graves sean tratados "desde un principio de común humanidad" y ha añadido que, en el caso del recluso de ETA Josu Uribetxebarria "no puede ser objeto de debate su pronóstico de reinserción", sino sus posibilidades de "eludir la acción de la Justicia o su peligrosidad".
El presidente del tribunal vasco se ha referido al recurso del Gobierno de España contra la resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos contraria a la aplicación de la 'Doctrina Parot' a una presa de ETA y ha opinado que la Gran Sala confirmará la decisión de que "el criterio de aplicación de penas es contrario al principio de legalidad penal".
En este sentido, ha recordado que el porcentaje de asuntos que revisa la Gran Sala respecto a las decisiones del tribunal de ordinaria es "mínimo". Además, ha indicado que, en este caso, "la sala está aplicando criterios que ya tenía establecidos el Tribunal europeo de Derechos Humanos".
El debate, según ha señalado, es si "esto tiene que ver con la legalidad de la pena o tiene que ver con el régimen de ejecución de la pena". "El Tribunal de Derechos Humanos dice que tiene que ver con la legalidad de la pena y, por lo tanto, una vez establecido el criterio por el tribunal sentenciador, la administración penitenciaria no puede modificarlo", ha añadido.
Según ha apuntado, "es un debate que va a llevar a que los criterios que se aplicaban hasta 1995, revisados, van a ser los que en el futuro probablemente se van a aplicar".
URIBETXEBARRIA
En relación al caso del preso de ETA Josu Uribetxebarria, ha señalado que se trata de "un problema de una cierta complejidad social y también que tiene que ver con la preservación de víctimas y revictimización", si bien ha precisado que, "en términos jurídicos la pregunta es mucho más sencilla": si "la enfermedad que aqueja al penado es grave e incurable y si la estancia en prisión agrava, en definitiva, el desarrollo de la enfermedad".
En caso de que los dictámenes médicos sean contradictorios, ha añadido, se debería utilizar criterios de "sentido común" y ver si "lo que hay en común en esos dictámenes es que el enfermo padece una enfermedad grave e incurable, de muy mal pronóstico y que el promedio de previsión de supervivencia oscila entre 6 y 12 meses".
"Si ésa es la conclusión que extraigo, el Código Penal y el Reglamento Penitenciario dicen que, si la Administración Penitenciaria lo ha clasificado en tercer grado, es porque ya ha hecho un análisis de pronóstico de reinserción social", ha señalado.
De este modo, ha indicado que, en este momento, "tenemos una decisión firme y no revisable" --porque no ha sido recurrida-- de la Administración penitenciaria "diciendo que está clasificado en tercer grado" y, por tanto, "no puede ser objeto de debate su pronóstico de reinserción, sino sólo "sus posibilidades de eludir la acción de la justicia o su peligrosidad en términos delictivos".
En cualquier caso, ha manifestado que el régimen penitenciario está basado en el criterio de que, aunque "usted ha delinquido cosificando a la víctima, nosotros, el estado de derecho, vamos a tratarle desde un principio de común humanidad, es decir, vamos a considerarle persona humana hasta el final, una persona humana que tiene una enfermedad incurable, un pronóstico irreversible, tiene derecho a una muerte digna a pesar de su actividad. Y, sobre todo, las cárceles no están para eso".
Asimismo, ha precisado que, de cualquier modo, el preso "no queda en libertad, queda en libertad condicional", sujeta a condiciones "muy estrictas" que pueden ser revocadas si "las rompe".
ADAPTADOS A LA LEY
Preguntado sobre la necesidad de que la Justicia se adapte al tiempo abierto tras el cese de la violencia por parte de ETA, ha insistido en que la Administración de Justicia y Poder Judicial tiene que adaptarse a las leyes, sin más". "Estamos muy adaptados a aplicar la legislación vigente", ha señalado Ibarra, que ha recordado, en relación a la polémica suscitada por las últimas convocatorias de manifestaciones, que no ha habido "ninguna modificación" en ésta en los últimos años en relación al derecho de reunión y manifestación.
En esta línea, ha subrayado que "no tenemos que adaptarnos", sino buscar "la satisfacción del valor de la justicia en los casos concretos", lo que no supone "cumplir con un poder que da la Constitución y que cotidianamente ejercemos".
Por su parte, ha rechazado que se den decisiones contradictorias "con frecuencia" porque "lo que mediáticamente son casos similares, jurídicamente a veces no lo son".
En cualquier caso, ha señalado que "la seguridad jurídica debe garantizar que en casos que sean iguales, las respuestas sean también iguales" y ha añadido que las decisiones pueden ser recurridas, con el límite de "la verdad jurídica", y "lo que sería muy grave para el sistema es que se dieran verdades jurídicas contradictorias". "Pero no es cierto que pase con tanta frecuencia, como se piensa", ha insistido.