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Puesta en funcionamiento de titulaciones oficiales de Máster en Patrimonio Histórico, Ingeniería Agronómica e Investigación en Humanidades, Cultura y Sociedad

01/08/2012
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Decreto 118/2012, de 26/07/2012, por el que se convalida y autoriza la implantación y puesta en funcionamiento de titulaciones oficiales de Máster en Patrimonio Histórico, Ingeniería Agronómica e Investigación en Humanidades, Cultura y Sociedad en la Universidad de Castilla-La Mancha (DOCM de 31 de julio de 2012). Texto completo.

DECRETO 118/2012, DE 26/07/2012, POR EL QUE SE CONVALIDA Y AUTORIZA LA IMPLANTACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE TITULACIONES OFICIALES DE MÁSTER EN PATRIMONIO HISTÓRICO, INGENIERÍA AGRONÓMICA E INVESTIGACIÓN EN HUMANIDADES, CULTURA Y SOCIEDAD EN LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre Vínculo a legislación, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en su artículo 3, expone que estas enseñanzas se concretarán en planes de estudios que serán elaborados por las universidades, verificados por el Consejo de Universidades y autorizados en su implantación por la Comunidad Autónoma correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35.2 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades.

El Decreto 13/2009, de 17 de febrero Vínculo a legislación, por el que se determina el procedimiento para la autorización de la implantación y puesta en funcionamiento de las enseñanzas universitarias oficiales en el marco del espacio Europeo de Educación Superior (EEES) en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 3 que el órgano competente para dicha autorización es el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, la Universidad de Castilla-La Mancha ha solicitado la implantación de los títulos de Máster detallados en el artículo único.

Las titulaciones para las que se solicita autorización de implantación siguen las directrices fijadas en el artículo 15 Vínculo a legislación del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, y se ajustan a los requisitos generales establecidos en el artículo 5.3 Vínculo a legislación del Decreto 13/2009, de 17 de febrero.

En el proceso de autorización de la implantación de títulos de Máster se han tenido en cuenta los certificados de verificación del Consejo de Universidades; las memorias, informes y certificados de la Universidad de Castilla-La Mancha y las certificaciones del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha.

La implantación de los títulos se ha realizado antes de obtener la autorización por el órgano competente de la Comunidad, si bien se trata de una irregularidad no invalidante que puede ser convalidada mediante el otorgamiento de la autorización por el órgano competente En virtud de lo anterior, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 26 de julio de 2012, Dispongo:

Artículo Único. Convalidación y autorización de Títulos de Máster.

Se convalida y autoriza la implantación y puesta en funcionamiento en el curso 2011/2012 de los siguientes títulos de Máster:

1. Máster Universitario en Patrimonio Histórico: Investigación y Gestión, en Toledo.

2. Máster Universitario en Ingeniería Agronómica, en Albacete.

3. Máster Universitario en Investigación en Humanidades, Cultura y Sociedad, en Albacete.

Disposición adicional única. Recursos para la implantación y puesta en funcionamiento.

La implantación y puesta en funcionamiento de estas titulaciones la efectuará la Universidad de Castilla-La Marcha con cargo a sus recursos y disponibilidades presupuestarias. En todo caso, la participación económica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha será la fijada anualmente en sus Presupuestos Generales para la subvención nominativa a la Universidad de Castilla-La Mancha y no se verá incrementada por los costes derivados de la impartición de estos títulos.

Disposición final. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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