Que.es. 20.07.2012
El pasado mayo el Consejo Superior de Deportes ya reveló que esta legislación otorgará todas las competencias sobre dopaje a la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, que aumentará las sanciones económicas hasta los 400.000 euros si hay menores implicados y que obligará a motivar los controles que se hagan de madrugada excepcionalmente.
La "ley orgánica de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en al actividad deportiva" prevé que la Agencia será independiente, no podrá recibir órdenes de otra autoridad del Estado y tendrá la competencia para la tramitación casi íntegra del proceso con planificación de controles, desarrollo e instrucción y resolución de procedimientos.
La futura ley, si se aprueba según lo anunciado en mayo, mantiene que con carácter general no se harán controles antidopaje entre las 11.00 de la noche y las 06.00 de la mañana; sólo se efectuarán en esa franja excepcionalmente, comunicándolo al deportista y de forma motivada, para evitar el abuso, aunque el afectado puede acudir a los tribunales si considera que no hay motivación.
Se castigará también el intento de suministro de sustancias dopantes, aunque no se consiga, además de su administración, y las multas pueden llegar a 100.000 euros y a 400.000 en caso de implicar a menores de edad. Los clubes deportivos pueden perder puntos si dos o más de sus deportistas dan positivo durante una misma temporada.
La nueva ley también se refiere a la posibilidad de la Agencia Española de solicitar pruebas penales al Juzgado y si el juez no las traslada, como ocurrió en la Operación Puerto, ya que no tiene obligación de hacerlo, debe responder de forma motivada y respetando el principio de proporcionalidad.