Diario del Derecho. Edición de 14/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 04/06/2012
 
 

ETA

La Audiencia Nacional condena a seis años y medio de prisión a Zelarain y Otegi por atentar en Mijas en 2002

04/06/2012
Compartir: 

La Sección Primera de la Sala de lo Penal ha condenado a seis años y medio de prisión por la comisión de un delito de daños terroristas a los miembros del 'comando Argala' de ETA Óscar Celarain Ortiz y Andoni Otegi Eraso por hacer explotar un artefacto el 22 de junio de 2002 en la carretera que une las localidades malagueñas de Coín y Fuengirola, en el término municipal de Mijas.

MADRID, 1 (EUROPA PRESS)

La bomba explotó en una zona situada entre el Hotel Tamisa Gol y la caseta de una inmobiliaria causando desperfectos en los edificios y los vehículos estacionados en el lugar.

Según especifica la sentencia, la intención de los dos miembros de ETA era "causar daños e impactar a la opinión pública coincidiendo con la temporada turística de verano". La explosión coincidió con la celebración de una cumbre internacional en la cercana Sevilla y la finalización de la presidencia española de la Unión Europea.

La resolución destaca el hallazgo entres los conocidos como papeles de 'Susper' de un texto manuscrito atribuido a Otegi en el que relata en primera personal del plural el atentado. "Es evidente que el autor del texto intervino en la ejecución del hecho", dice el magistrado ponente, Ramón Sáez Valcárcel.

El tribunal infiere la participación de Zelarain a partir de la de Otegi, al entender que ambos conformaban el 'comando Argala' ya han sido condenados por la ejecución de varios atentados acometidos en el verano de 2002.

La sentencia rebaja la pena solicitada por la Fiscalía --que pedía 20 años para cada uno de los acusados-- al entender que la potencia del explosivo no era suficiente como para destruir la zona y fue colocado en un lugar poco transitado.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Visto para sentencia el juicio contra el fiscal general por la presunta filtración contra el novio de Díaz Ayuso
  2. Actualidad: La Audiencia de Madrid anula la decisión del juez Peinado de pedir a la UCO analizar el rescate de Air Europa
  3. Actualidad: El Supremo descarta declarar nula por abusiva la cláusula hipotecaria de IRPH de manera general
  4. Estudios y Comentarios: Yo, Pedro, te absuelvo; por Javier Gómez de Liaño, abogado
  5. Actualidad: La justicia europea da la razón a España frente a una denuncia de Bruselas por la independencia de Renfe
  6. Estudios y Comentarios: Europa está amenazada: reaccionemos; por Araceli Mangas Martín, catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense y académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas
  7. Actualidad: El Abogado General del TJUE descarta una "autoamnistía" y que la ley afecte a intereses financieros de la UE
  8. Estudios y Comentarios: ¿Son homicidios las muertes de la dana?; por Margarita Martínez Escamilla, catedrática de Derecho Penal de la Universidad Complutense de Madrid
  9. Tribunal Supremo: Las juntas de personal y los delegados de personal tienen derecho a recabar información sobre las prórrogas de las comisiones de servicio concedidas por la Administración, siempre que se garantice la privacidad de los funcionarios
  10. Tribunal Supremo: El tipo de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los trabajadores de una sociedad integrada en un grupo empresarial, al que presta servicios en exclusiva, debe ser el de su propia actividad económica

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana